Sala de Prensa

31/08/2011

Especialización de la defensa, una obligación

La siguiente columna de opinión, publicada hoy en El Mercurio de Antofagasta, fue escrita por el Defensor Regional de esa zona del país.

La Defensoría Penal Pública nace a la vida en el marco del actual sistema de enjuiciamiento criminal, con un criterio de atención universal, sin distinguir naturaleza del delito y sin discriminación de ninguna naturaleza respecto de quien pudiera ser imputado o imputada de algún hecho que pudiere revestir las características de falta o delito  penal.

No estaba en ese momento presente, por causas que parecen más o menos razonables, la idea de una defensa penal especializada. Con el correr del tiempo y con el devenir de situaciones que se han sucedido en el país -como el conflicto mapuche- se observó la necesidad de que en muchos casos la defensa no podía tener un carácter generalista, por así decirlo, sino que debía impregnarse de contenidos diferentes, que respondieran a la naturaleza de la situación, de la infracción, del conflicto y a la identidad cultural del imputado.

Nace la Defensoría Penal Mapuche, conocida por su trabajo en la defensa de comunidades y comuneros enfrentados incluso a querellas de otros entes del Estado.

Sin embargo, este esfuerzo de especialización no será suficiente sino en la medida que la defensa penal indígena pueda extenderse a todo el territorio nacional y permita a la Defensoría Penal Pública estar en condiciones de entregar una asesoría y argumentación  diferenciada.

Ello, de cara a hechos que impongan la necesidad de recoger aspectos culturales, prácticas ancestrales de resolución de conflictos y la manera y forma de concebir el mundo y la sociedad de pueblos originarios, aquellos existentes antes de la llegada de los españoles y que habitaban nuestras diferentes zonas del país, en muchos casos sin reconocimiento preciso de fronteras, incluso hasta el día de hoy.

Quechuas, aymaras, atacameños, collas, diaguitas, son poblaciones que aún mantienen, en muchos casos, sus formas particulares de convivencia social.

Corresponde al Estado y, en nuestro caso, a la Defensoría Penal Pública ser capaces de acercamos a ellos, de aprender de sus experiencias y de sus culturas, conocer las normas de derecho comunitario que mantengan y ser capaces de transmitir en sede penal, en los Juzgados de Garantías y en los Tribunales Orales Penales el reconocimiento de pautas o costumbres inherentes a la visión o cosmovisión de nuestros pueblos originarios.

El Convenio 169 de la OIT nos mandata en este sentido, pero también existen muchas otras instituciones jurídicas internacionales, que imponen un tratamiento y una defensa especializada en el caso que corresponda y, por otra parte, una decisión judicial que reconozca estos principios.

Estamos dando los primeros pasos en esta materia. Ayer fue la defensa penal juvenil, hoy nos aproximamos lentamente a una defensa penal para pueblos originarios del norte de Chile.

Tenemos pendiente la defensa especializada de personas condenadas, avanzar en la defensa con enfoque de género y responder a la necesidad de una defensa que reconozca el factor migratorio, entre otros desafíos.

La especialización hoy en día es un imperativo para  la defensa penal pública y lo debe ser también para fiscales y jueces. Es un imperativo de un Estado democrático que se hace cargo de  la diversidad y la multiculturalidad como un hecho real y como un aporte a la riqueza cultural del mismo.

Por Pedro Casanueva Werlinger, Defensor Regional de Antofagasta.

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