Sala de Prensa

26/12/2011

Tribunal de Coyhaique recalificó sustracción de salmones a delito de menor entidad

Jueces recalificaron el delito a robo en bien nacional de uso público, por lo que los siete imputados arriesgan penas de entre 541 días y 5 años de presidio. Además, se absolvió al acusado Claudio Ruiz del delito de porte y tenencia ilegal de arma de fuego.

El Tribunal Oral en Lo Penal de Coyhaique -integrado por los jueces Luis del Río Moncada, Pablo Freire Gavilán y Sergio Vásquez Parra- resolvió que los siete acusados en un caso por sustracción de salmones desde una empresa, identificados como Claudio Ruíz Vargas, José Arismendi Díaz, Sady Poffald García, Rumilio Castro Vallejos, Juan Arismendi Varas, Abraham Rodríguez Molina y Mauricio González Bastidas (foto exterior), sean condenados sólo por el robo de objetos que se encuentran en bienes nacionales de uso público.

Según Enrique Velásquez (foto interior), el defensor penal que llevó la causa, el escenario de sus representados es mucho más favorable ahora, ya que “se cumplió con la pretensión de la defensa, que sostuvo desde un comienzo que si bien no se discutiría la participación de los acusados en un hecho ilícito, éste no podía ser calificado de robo con violencia, sino como robo de especies que se sitúan en bienes nacionales de uso público. Siempre se alegó también la inexistencia del delito de porte y tenencia ilegal de arma de fuego respecto de uno de ellos”.

En cuanto a las pruebas presentadas en juicio, el defensor manifestó que “no fueron suficientes para acreditar la existencia del arma de fuego y, como consecuencia de ello, tampoco el porte, tenencia y su eventual utilización, razones por las cuales los magistrados no acogieron la tesis del Ministerio Público y el querellante. El tribunal no tuvo por acreditado actos de violencia, antes, durante o después de la sustracción de los salmones”.

Según Velásquez, no tiene claridad sobre la pena que recibirá cada uno de sus defendidos y menos certeza de que todos vayan a ser objetos de algún tipo de beneficio.

MEDIDAS CAUTELARES Al momento del juicio oral, los siete acusados estaban con medidas cautelares de arresto domiciliario parcial, arraigo en sus respectivas comunas y prohibición de acercarse a dependencias de la empresa afectada. Tales medidas se suspendieron para que pudieran trasladarse a esta capital regional por el juicio, cuyo veredicto se comunicó hoy.

Así, y mientras la sentencia -que se dictará en los próximos días- no quede a firme, se impusieron a todos los imputados las medidas cautelares de arraigo nacional y firma quincenal en Carabineros.

Claudio Ruiz, dueño de la lancha “Estrella Polar” y único acusado de porte ilegal de arma de fuego, dijo tener confianza en que todo terminará en buen puerto, ya que nunca tuvieron dudas de decir la verdad.

“Previo al juicio conversamos con el defensor y él siempre nos pidió que dijéramos las cosas como sucedieron. A fin de cuentas, no somos culpables de lo que se nos acusa, pero sí culpables de un delito menor que nunca desconocimos”, aseguró. Ruiz destacó como “excelente” el trato recibido de parte de Enrique Velásquez, a quien calificó como “una excelente persona y excelente defensor”.

La lectura de la sentencia en esta causa quedó fijada para las 15 horas del próximo 28 de diciembre, en la misma sala  del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.

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