09/01/2012
Conductores, delitos, alcohol y aumento de penas
La siguiente columna de opinión, escrita por el Defensor Regional de Aysén, fue publicada recientemente en el Diario de Aysén.
Es un hecho que los delitos referidos a la conducción de la Ley de Tránsito 18.290 son unos de los más frecuentes en nuestra región. Sin más, podemos decir que ocupan el segundo lugar, después del delito de lesiones, con 557 causas judicializadas durante 2011, de un total de 3 mil 968 delitos investigados en la Defensoría Penal Pública.
Ahora, con los antecedentes en mano y sin desconocer el gran número de personas que son detenidas cada año por conducir en estado de ebriedad, los invito a realizar el siguiente ejercicio. Planteémonos la siguiente situación:
• Si las infracciones a la Ley de Tránsito, específicamente aquellas por conducción en estado de ebriedad, son el segundo delito que se comete con mayor frecuencia en la región, • Si estas cifras han sido una constante en el tiempo y además el alcohol es un flagelo que está instaurado en nuestra sociedad, • Y si, a la vez, la sociedad recibe incentivos publicitarios para un inicio cada vez más temprano en su ingesta,
… La solución claramente no va por atacar la conducta final solamente. Es necesario hacer algo antes de que una persona ebria se siente al volante de un vehículo para conducirlo, poniéndose en riesgo primero ella misma y luego a toda la comunidad en su conjunto, ya que los factores que hemos enumerado -que en los hechos se presentan con tanta fuerza en nuestra región- no se acabarán si se llegara a aprobar por el Parlamento el proyecto que aumenta las sanciones por manejar en estado de ebriedad.
Sinceramente, creo que aumentar las penas generará un mayor número de personas sometidas a un proceso penal casi exclusivamente y, en lo fundamental, no tendría mayor influencia en lo importante, que es generar un cambio de actitud y mentalidad en los bebedores para abstenerse de conducir.
Como Defensoría Penal, consideramos que una campaña para evitar el consumo de alcohol al conducir, funcionaría prohibiendo su publicidad en la prensa, prohibiendo su venta a menores o en ciertos horarios nocturnos. Las panaderías, por ejemplo, no atienden en horarios nocturnos y los supermercados cierran máximo a las diez de la noche. ¿Por qué ha de resultar necesario que los expendios de alcohol tengan un horario extendido?
Otra medida sería realizar controles a la salida de los centros de diversión. La sola presencia de la policía en otros países actúa como elemento disuasivo en estas materias, así se ayudaría eficazmente a la disminución de las infracciones, pues no estamos por penalizar a nuestros conciudadanos. La labor en este campo es y debe ser prevenir la comisión de estos ilícitos, pues una vez cometidos las consecuencias en muchos casos son irreparables, por más sanción que se aplique al infractor.
Se deben considerar, además, mecanismos alternativos de detección, diagnóstico y tratamiento de los problemas de dependencia de este tipo de bebidas, considerando que el perfil de las personas que conducen en estado de ebriedad, según nuestros antecedentes, indican que sólo el 16,7 por ciento tenía antecedentes previos, mientras que el 83,8 por ciento contaba con una irreprochable conducta, lo que da a entender que no estamos defendiendo delincuentes, sino que personas que por primera vez incurren en este delito.
Es tan importante el tema de la educación en materia de consumo responsable de alcohol, porque la ebriedad no sólo está presente en materia de delitos de tránsito. También, y con consecuencias aún mayores, se encuentra en delitos en contra de las personas. Sin ir más lejos, la semana anterior supimos de un caso que involucró incluso a familiares.
Respecto de este último párrafo, cabe señalar que existe un estudio exploratorio descriptivo, realizado por la Defensoría Penal Pública, a 154 carpetas de investigación ingresadas en la Defensoría de casos de gran conmoción desde el punto de vista social, según el cual se pudo establecer que el 39 por ciento de los imputados se encontraba bajo la influencia del alcohol.
Por tanto, es importante hacer hincapié en que el problema que prevalece en la comisión de un delito -sea de conducción o contra las personas- es el alcohol, y es aquí donde se debe invertir en prevención, educación y en medidas que restrinjan su consumo más allá de lo conveniente.
Juan Carlos Rebolledo Pereira, Defensor Regional de Aysén.
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