Sala de Prensa

24/01/2012

Recalifican de robo a violación de morada delito de poblador de La Junta

Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique acogió tesis del defensor, quien explicó que "no hubo robo o intención de robar, sino que el acusado entró a la vivienda en contra de la voluntad de la dueña de casa, a recuperar los lazos y aperos que le pertenecían".

Como violación de morada quedó finalmente caratulado el delito por el que condenarán en Coyhaique a Mauricio Ramírez A., a quien la Fiscalía había acusado inicialmente de robo en lugar habitado, pidiendo para él una pena de 5 años y un día de reclusión mayor en su grado mínimo. Además, durante la  investigación y por un periodo de 71 días, el imputado se mantuvo con arresto domiciliario.

El hecho ocurrió la madrugada del 15 de agosto de 2011, cuando Ramírez supuestamente entró a la vivienda por una de las ventanas, en contra de la voluntad de su dueña, a recuperar los lazos y aperos que se había ganado en un bingo y que estaban en manos de su amigo, nieto de la denunciante.

En la audiencia, realizada el pasado viernes 20 de enero, y luego de escuchar el testimonio de la víctima y de la denunciante, el Tribunal -integrado por los jueces Rolando del Río, Sergio Vásquez y Marcos Soto- decidió absolver al imputado, por no haberse acreditado que actuara sin respetar la voluntad de quien tenía las especies en su poder.

Por lo tanto, se recalificó el delito a violación de morada, debido a que sí se pudo acreditar que el Ramírez entró a la vivienda por una de las ventanas.

Sin intención

La defensa pública del acusado estuvo  a cargo del abogado Fernando Acuña, defensor local de Puerto Cisnes, quien se mostró conforme por el resultado del juicio -lo mismo que el acusado-, por cuanto “se comprobó que no había intención de robar, sino que el acusado habría entrado sin permiso de la dueña a recuperar unas especies que le pertenecían y, por lo tanto, se aplicó una sanción que es muchísimo menor a la de robo en lugar habitado, que es lo que buscaba la Fiscalía”, señaló.

Acuña explicó que como Mauricio Ramírez cuenta con la atenuante de irreprochable conducta anterior, “en el peor de los casos puede ser condenado a una sanción de 541 días de reclusión menor en su grado mínimo y aspiramos a que la sanción sea de 61 días, porque él lleva mucho tiempo privado de libertad, o que se dé por cumplida la pena”, aclaró.

La lectura de sentencia se realizará a las 13 horas del próximo miércoles 25 de enero, en el mismo tribunal en Coyhaique.

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