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02/02/2012
Corte revocó arresto domiciliario y mantuvo en prisión preventiva a imputada por parricidio
Tribunal de Alzada capitalino rechazó por dos votos a uno los antecedentes expuestos por la defensora Jacqueline Stubing para acreditar que Inés Fuentes actuó en legítima defensa.
La Segunda Sala de Verano de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó ayer un fallo emitido el día anterior por Valeria Vega, jueza del 13° Tribunal de Garantía, que reemplazaba la medida cautelar de prisión preventiva por otra de arresto domiciliario total en contra de Inés del Carmen Fuentes, una mujer imputada por el delito de parricidio en la persona de su conviviente, Luis Fernando Lizana, hecho ocurrido el 13 de octubre de 2011.
Tras la apelación verbal presentada el mismo día martes por la fiscalía y por la abogada querellante, la respectiva audiencia se efectuó en la mañana de ayer y después de un debate arduo, pero ostensiblemente más breve por orden del tribunal, los magistrados resolvieron por dos votos contra uno dejar sin efecto la decisión de la jueza de garantía y por lo tanto mantuvieron la prisión preventiva que afecta a la imputada.
Los votos contrarios al fallo previo fueron de los ministros Juan Manuel Muñoz (presidente) y Adelita Ravanal, mientras que el voto a favor de confirmarlo fue de la magistrada Jéssica González.
Los antecedentes
Luego de que completara más de dos meses en prisión preventiva, la defensa pública de Inés Fuentes solicitó por segunda vez la revocación de esa medida cautelar. El pasado martes, la defensora licitada Jacqueline Stubing expuso ante el 13° Juzgado de Garantía un nuevo antecedente: el peritaje tanatológico del doctor Luis Ravanal, que desvirtúa técnicamente el informe emitido previamente por el Servicio Médico Legal (SML).
Según el experto, todos los indicios -entre ellos la trayectoria y profundidad de los cortes sufridos en las piernas por la víctima- y hasta el sentido común indican que la muerte de Lizana se produjo en el marco en el marco de una riña, durante la cual su mujer se defendió con un cuchillo que tomó de la cocina para responder a las agresiones de la víctima.
Ravanal agregó que es de común conocimiento que si se desea matar a alguien con un arma cortante hay que atacar zonas como el tórax, el abdomen o el cuello. Al contrario, agregó, la gente sabe que cortes en las piernas –como ocurrió en este caso- no deberían provocar la muerte.
Con este antecedente, más el hecho de que la imputada no sabe leer ni escribir, la abogada Stubing explicó que resulta absurdo pensar que pueda tener conocimientos acabados de anatomía como para haber infringido intencionadamente una herida mortal, con lo cual la defensora refutó la tesis de la fiscalía, según la cual Inés Fuentes actuó con dolo de matar.
Sin dolo por omisión
En la segunda parte de su alegato, Jacqueline Stubing refutó la tesis de dolo por omisión de la fiscalía, ya que varios integrantes de la familia dueña de la propiedad donde la pareja arrendaba una mediagua están dispuestos a declarar que apenas la víctima salió caminando de su casa herido en las piernas y cayó inconsciente, su mujer salió tras él desesperada y pidió a los vecinos que llamaran a una ambulancia.
Stubing agregó que esas personas están dispuestas a confirmar que eran frecuentes las escenas de violencia a lo menos verbal de parte de Luis Fernando Lizana cada vez que llegaba ebrio a su hogar.
De hecho, aclaró que si bien la imputada nunca hizo una denuncia formal de estas agresiones -hecho subrayado reiteradamente por la fiscalía-, eso responde que los dos niños de 3 y 5 años que integraban el grupo familiar eran hijos de él, y ella no quería separarse de los menores, pues la reconocen como su madre. No obstante, la defensora confirmó que sí existe una denuncia de maltrato en contra del padre, aunque por agresiones a su hijo mayor.
Finalmente, la profesional exhibió un informe presentencial favorable para la imputada, algo “poco habitual” -subrayó-, ya que normalmente esos documentos emitidos por Gendarmería son negativos.
Sustitución de cautelar
En su alegato, la Fiscalía insistió en que Inés Fuentes apuñaló a su pareja en las piernas mientras éste estaba en el suelo y que después no le prestó asistencia. A este respecto, Jacqueline Stubing representó al tribunal que el Ministerio Público no ha realizado ninguna de las diligencias solicitadas por la defensa, entre ellas interrogar a los numerosos testigos que viven en la casa contigua a la del sitio del suceso, quienes son favorables a la imputada.
Con todos estos antecedentes, la jueza Valeria Vega resolvió revocar la prisión preventiva, especialmente porque resulta poco plausible que exista un dolo de matar ejecutando cortes en las piernas de una persona, según explicó.
Tras la apelación de la Fiscalía y de la abogada querellante -quien representa a un hijo del occiso- y del fallo contrario de la Corte de Apelaciones, la abogada Stubing explicó que intentará obtener pronto el resultado de las pericias que ha solicitado al Ministerio Público, y que espera volver a pedir la revocación de la prisión preventiva dentro de un par de semanas.
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