Sala de Prensa

15/06/2007

Puerto Montt: Juez declara ilegal detención de cinco menores

Carabineros excedió el tiempo necesario para la directa e inmediata puesta a disposición de los imputados ante el Tribunal.

El juez del juzgado de garantía de Puerto Montt, Patricio Rondini, declaró ilegal la detención de cinco menores, entre ellos dos de 14 años, que fueron detenidos por personal de carabineros por el delito de robo con violencia.

Más allá del delito que se les imputa a los menores, el magistrado estimó que la detención no se ajustó a derecho por cuanto los imputados no fueron puestos a disposición del Tribunal en los plazos que estipula la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, que comenzó a regir en todo el país el pasado 8 de junio.

Según los antecedentes expuestos en audiencia por el defensor penal juvenil, Ciro Santiago, los menores fueron detenidos en el centro de Puerto Montt a eso de las 22:40 horas del martes 12 de junio. El Tribunal, a las 08:10 horas de ayer solicitó la inmediata disposición de los menores, fijando audiencia para las 10:30 horas. Sin embargo, los menores llegaron al Tribunal pasadas las 11:30 horas, tiempo en el cual se realizaron tomas de huellas dactilares para su identificación, situación que también fue impugnada por la defensa.

En su resolución el magistrado Rondini sostuvo que, "el artículo 31 señala que los imputados deben ser puestos directa e inmediatamente a disposición. Había una orden judicial, una orden imperativa de éste Tribunal, la cual no fue cumplida, no puede estimarse directo o inmediato o el dar cumplimiento de una orden las 11:30 horas. En consecuencia, ha excedido el tiempo necesario para la directa e inmediata puesta a disposición del imputado y la referencia necesaria que requiere para las audiencias; por lo cual hará necesario los correctivos para la policía y por lo mismo se estima que no se ajustó a derecho la detención", señaló.

El magistrado agregó que se pedirá un informe a la prefectura de Carabineros, en razón de lo resuelto.

Al ser consultado por la prensa, el defensor señaló que "la Ley 20.084 establece un estándar mucho más alto en cuando a la exigibilidad de la privación de libertad, detención y condiciones del menor, así el magistrado ha resaltado que el menor debe ser puesto inmediatamente a disposición del Tribunal y esa condición debe ser cumplida por todos los organismos del sistema", dijo.

  • subir
  • imprimir
  • volver

DPP - Av. Bernardo O'Higgins 1449 Pisos 5 y 8, Santiago - Cód. Postal: 8340518 - Teléfonos +56 443 686 800 | +56 443 686 890