Sala de Prensa

08/02/2012

Absuelven a mujer acusada de parricidio en Villa Ñirehuao

Irma Candelaria Andrade Márquez fue acusada de matar a su conviviente, pero los jueces del Tribunal Oral de Coyhaique consideraron que las pruebas eran insuficientes para demostrar su culpabilidad.

Luego de pasar un año y tres meses bajo arresto domiciliario total después de ser imputada por el delito de parricidio, Irma Candelaria Andrade Márquez (50) fue absuelta por los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique, quienes consideraron que las pruebas presentadas en el juicio oral fueron insuficientes para demostrar su culpabilidad.

Después de cinco días de juicio, el veredicto de los jueces Rolando del Río, Sergio Vásquez y Marcos Soto determinó que no existían pruebas suficientes para concluir que Irma Andrade fuera la autora del parricidio de su conviviente, José del Carmen Fernández Mora (64), hecho ocurrido el 23 de octubre de 2010 en la localidad de Villa Ñirehuao, comuna de Coyhaique.

Según la versión de la Fiscalía, el día de los hechos la mujer, su pareja y algunos amigos se encontraban compartiendo alcohol hasta que, de pronto, la víctima “discutió y se trenzó a golpes con ella y con José Luciano Nagüelquín Pérez, tomando ambos un cuchillo cada uno, atacando en diferentes partes del estómago y tórax” a Fernández Mora.

De acuerdo con el mismo relato de hechos, el occiso recibió cinco heridas corto punzantes, desplomándose en el sector de la cocina de la casa. “A raíz de las acciones desplegadas por los acusados y la inacción de la conviviente de la víctima, don José del Carmen Fernández Mora falleció a causa de una herida corto punzante penetrante toráxica complicada que le causó un hemotórax, herida que de acuerdo al Servicio Médico Legal de Coyhaique presentaba posibilidades de sobrevida”, concluyó la Fiscalía.

ARGUMENTOS DE LA DEFENSA Al comentar las pruebas presentadas por la Fiscalía, la abogada Ximena Gutiérrez (foto interior) -defensora penal pública de la imputada- explicó que durante el juicio, “los testigos dieron muchas declaraciones, y éstas eran contradictorias con la participación de la señora Irma, y desde el punto de vista de la defensa no eran compatibles con la características de la personalidad de mi representada”.

Agregó que “existen características físicas y sicológicas que dan cuenta que doña Irma no pudo tener participación en los hechos”, como que al momento de la muerte de su pareja ella se encontraba “en un estado de crisis y  microsicosis que derivó en su comportamiento”.

Por lo mismo, la defensora consideró “satisfactorio” conseguir la absolución de su clienta, quien siempre sostuvo su inocencia en los hechos. “Creo que el trabajo serio de la Defensoría, acompañando desde el inicio del procedimiento a la acusada, dio como resultado la absolución del juicio”, explicó. El otro imputado en la causa, José Luciano Nagüelquín, fue encontrado culpable durante el mismo juicio oral y condenado a la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo.

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