23/05/2012
Columna de opinión:
La oralidad del proceso penal
El siguiente artículo, escrito por el asesor jurídico de la Defensoría Regional de Antofagasta, fue publicado recientemente en el diario El Mercurio de esa ciudad.
La oralidad del proceso penal es, en Chile, un triunfo nacional de comienzos del siglo XXI. Hasta el año 2000 las causas penales se tramitaban en los llamados “expedientes”, unas carpetas que contenían los escritos y documentos en que constaban, en orden cronológico, las actuaciones judiciales y policiales.
Desde entonces, la oralidad se constituyó en una forma procesal cuya pretensión es la realización de la tarea judicial en un marco de publicidad y transparencia. Todo ello debería servir para asegurar de mejor manera los derechos de las personas que enfrentan o intervienen en un proceso penal.
No obstante, al concurrir hoy a una audiencia en un tribunal de garantía no es raro encontrar un juez o jueza que murmure sus resoluciones o las formule de manera veloz. En el primer caso, se transforma la audiencia en una letanía forense inaudible y, por supuesto, incomprensible. En el otro caso, la audiencia se parece a un relato mecánico y vertiginoso en que la rapidez impide seguir la argumentación jurídica de la resolución.
Lo que debe tener claro un juez o jueza cuando dicta una resolución, apercibe o informa algo, es que está comunicando y que frente a él o ella hay un ciudadano necesitado de explicaciones, carente de los conocimientos para comprender “a la primera” de qué va la audiencia. Lo que debe tener claro un juez o jueza es que debe hablar siempre con claridad, pausadamente y de manera que se le entienda.
Con lo que describo no pretendo ofender a nadie. Siempre he creído en los tribunales como el necesario mecanismo de solución pacífica de los conflictos, pero también creo que las herramientas puestas a su disposición deben ser usadas no como meras formas. La oralidad no es un fin en sí mismo, es una herramienta para realizar la justicia, y no hay quien pueda convencerme que una resolución se va a comprender mágicamente, sin un esfuerzo real y serio del comunicador.
La oralidad demanda esfuerzo de todos los intervinientes. Ni la comodidad, ni la velocidad, ni el tedio deben reinar en una sala de un tribunal. De lo contrario, la “reforma” estará en peligro.
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