Sala de Prensa

23/10/2012

Gabriel Velásquez estaba imputado como autor de cuasi delito de homicidio

Absuelven a chofer de camión recolector en caso de atropello

Jueces acogieron la teoría del defensor público Juan Ignacio Lafontaine, en el sentido de que se trató de un lamentablemente accidente, en que a su cliente no le cupo responsabilidad.

El Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas -integrada por los jueces Pablo Miño Barrera (presidente), José Octavio Flores Vásquez y Luis Enrique Álvarez Valdés- absolvió al acusado Gabriel Rodrigo Velásquez Gómez como autor de cuasi delito de homicidio.

Los jueces acogieron la teoría planteada por el defensor público Juan Ignacio Lafontaine, jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Magallanes, quien explicó que los hechos se explican como un fatal accidente, sin que en ello le cupiera alguna responsabilidad a su representado.

Para la mayoría del tribunal, “de la propia prueba de la fiscalía emana que la peatón de iniciales E.M.W.M. cruzó la calzada por un lugar no habilitado para ello, por cuanto en las imágenes exhibidas y en los interrogatorios a los peritos se demuestra que el peatón cruza la calzada de alguna forma por un lugar que le estaba vedado, por lo que (…) no es posible condenar al acusado, al no haber podido prever esta acción, aún en el evento que haya atropellado a la peatón de manera frontal”.

Gabriel Velásquez, chofer de un camión de la empresa Servitrans -dedicada al aseo y la recolección de basura- fue acusado como responsable del fatal atropello de la víctima, una mujer de 62 años, ocurrido durante el invierno del año pasado.

UN ACCIDENTE
Tras el juicio oral, Juan Ignacio Lafontaine, explicó que “desde el primer momento sostuvimos que estábamos ante un lamentablemente accidente y no un cuasidelito de homicidio y, afortunadamente, el tribunal oral por mayoría determinó que fue un accidente, en que no le cabía responsabilidad a nuestro representado”.

Según el abogado, quedó acreditado en el juicio que “de haber cruzado la victima, porque no se tiene claro si cruzó o se resbaló -al menos lo que plantea el Ministerio Público es que ella habría intentado cruzar la calle a mitad de cuadra-, eso en nuestro ordenamiento jurídico no está permitido”. 

“Los peatones y conductores debemos cumplir la Ley de Tránsito y en una sociedad del riesgo como esta del siglo XXI, cada uno debe cumplir al pie de la letra su rol para que no se incrementen los riesgos”, concluyó Lafontaine.

 

 

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