Sala de Prensa

15/11/2012

Raúl Palma conversó con el periodista Enzo Contreras

Jefe de Estudios (S) de Atacama dio a conocer modelo de defensa penal indígena

La entrevista fue transmitida el miércoles 14 de noviembre a través de Radio Maray, creada en 1984 para transmitir el sentir y los gustos de toda la comunidad copiapina.

En medio de las actividades de difusión del modelo de defensa indígena que la Defensoría Penal Pública ha extendido a todo el país, el jefe de Estudios (S) de la Defensoría Regional de Atacama, Raúl Palma Olivares, dio a conocer sus principales aspectos en una entrevista concedida a Radio Maray y realizada por el periodista Enzo Contreras.

Palma explicó que con la ratificación del Convenio 169 de la OIT -en septiembre de 2008- y su posterior entrada en vigencia, se instaló en Chile la necesidad de adecuar la acción de los servicios estales en materia de reconocimiento y protección de los derechos de los pueblos indígenas, lo que hacía necesaria una revisión del estado de la defensa penal indígena en el país.

“En consecuencia, la Defensoría realizó una investigación, cuyos resultados revelaron los desafíos y las dificultades presentes en la prestación de la defensa indígena, junto con la necesidad de generar un modelo que permitiera afrontar problemas como la cobertura de la defensa especializada pertinente, fortalecer las bases conceptuales, técnicas y de gestión, entre otras materias”, aseguró.

Según el directivo institucional, la defensa que hoy brinda el Estado está orientada a la defensa de intereses particulares de personas que no pueden procurarse una defensa jurídica, que en el ámbito del proceso penal es brindada por la Defensoría Penal Pública.

ESTÁNDARES INTERNACIONALES
Agregó que en ese contexto, surgió la necesidad de que, en determinados casos, esa defensa sea especializada, para que el Estado cumpla efectivamente con la normativa internacional en la materia. Así, la defensa especializada es una modalidad de la defensa pública que está acorde con los estándares internacionales sobre derechos humanos.

“Esto ha traído consigo mejores estándares de defensa, se ha capacitado a los defensores, hay mejor atención a los clientes, pero -sobre todo- se fortalecen los principios constitucionales de igualdad y de asistencia jurídica efectiva a grupos vulnerables, entre ellos adolescentes, personas con patologías mentales, indígenas, mujeres privadas de libertad con hijos, migrantes, etc.”.

El jefe de Estudios (S) de Atacama enfatizó durante la emisión radial que la exigencia de otorgar defensa especializada requiere no sólo de asistencia jurídica, sino que “debe captar las especiales características del sujeto en cuestión, ya que su posición es descrita como de vulnerabilidad cultural. El deber del Estado sólo podrá cumplirse cuando de forma efectiva disponga de mecanismos suficientes para garantizar que la defensa se preste con asistencia complementaria, pues sólo de esta forma se puede equiparar la situación del imputado indígena a la posición que tendría aquel que, siendo parte de la cultura mayoritaria, fuera imputado de un delito”, afirmó.

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