Sala de Prensa

04/12/2012

Según reciente fallo, ninguna de las presuntas víctimas fue forzada a prostituirse

Todos los acusados de trata de personas de mujeres dominicanas quedaron en libertad

Diez imputados -siete de ellos absueltos de todos los cargos- estuvieron un año y medio en prisión preventiva.

Todos los acusados en un caso por supuesta trata de personas -a quienes se les imputaron diversos delitos- recuperaron su libertad, luego de que los jueces del tribunal oral absolvieran a seis de ellos y estimara que ninguna de las presuntas víctimas fue forzada a prostituirse, como lo afirmaba la fiscalía.

La causa parecía difícil, ya que aparte de las severas penas solicitadas por la fiscal Carolina Suazo, estuvo antecedida por reportajes de televisión acerca de una supuesta red de tráfico de ciudadanas dominicanas, quienes a través de falsas promesas sobre trabajos bien remunerados, aparentemente habían logrado que varias mujeres de esa nacionalidad llegaran a Chile, donde habrían sido obligadas a ejercer la prostitución. 

Las principales responsables serían Amelfi Mota Pérez -defendida por el defensor penal público Felipe Ibáñez-, Yleana López Mota, Juan Camilo Rivas, Sonia Burgos Hernández y Carmen Perlaza Luisamano -éstos últimos representados por la también defensora pública Alicia Corvalán-, además de otros cinco imputados, patrocinados por abogados particulares. Todos los acusados, a excepción de Juan Camilo Rivas, estaban en prisión preventiva desde el 25 de mayo de 2011.

EXPLOTACIÓN SEXUAL
La fiscalía acusó a todos los imputados por los delitos de asociación ilícita y tráfico ilícito de migrantes para fines de explotación sexual. La fiscal Suazo planteó que Amelfi Mota Pérez y su hermana Yasmil Hernández Pérez organizaron la manera de engañar a jóvenes mujeres dominicanas para venir a Chile, con el falso estímulo de que encontrarían empleos como trabajadoras dependientas con excelentes remuneraciones. Sin embargo, al llegar acá eran obligadas a prostituirse.

No obstante, los defensores plantearon que ese delito no existía, ya que de acuerdo con los propios de las presuntas víctimas -J.R.C., R.P.D., A.S.D.U. y R.Y.S.-, nadie las obligó a ejercer la prostitución, pues de haber incurrido en esa conducta lo hicieron voluntariamente.

La defensora pública Alicia Corvalán enfatizó que los demás imputados sólo habían sido formalizados porque tenían algún grado de parentesco o relación de amistad con las hermanas Mota Pérez y Hernández Pérez. Es así como a estas imputadas e imputados se les acusó de haber participado en traslados desde el aeropuerto o de haber dado alojamiento a las supuestas víctimas.

Corvalán sostuvo que la fiscalía imputó delitos graves que costaron un año y medio de privación de libertad para los imputados, en circunstancias de que para el juicio oral las presuntas víctimas no fueron ubicadas, por lo que no declararon, y quienes sí lo hicieron refutaron a tesis de la explotación sexual.

Incluso una de las testigos afirmó en estrado que el documento presentado por la fiscal Suazo no representaba lo que ella había declarado en el interrogatorio. Esto motivó que la defensa presentara una denuncia ante la Fiscalía Centro Norte.

El tribunal -integrado por los jueces Antonio Ulloa (presidente), Geni Morales (redactora) y María Elisa Tapia- resolvió que “la evidencia del persecutor, especialmente las declaraciones de las mujeres que ingresaron como migrantes ilegales, unido a la información de las interceptaciones telefónicas, dejan de manifiesto que ellas si bien estaban en un país extranjero, en el que conocían sólo a Amelfi Mota, nunca fueron obligadas ni sometidas por ella ni por ninguno de los acusados a ejercer la prostitución”.

PRISIÓN PREVENTIVA
De este modo, quedó excluido el elemento de la explotación sexual, que agravaba significativamente el delito y que fue lo que mantuvo en prisión preventiva a nueve de los imputados desde el 26 de mayo de 2011.

Así, sólo fueron condenados por organizar el ingreso ilegal al país de ciudadanas dominicanas Amelfi Mota Pérez, su medio hermana Yasmil Hernández Pérez y Edgardo Rojas González, al configurarse los delitos reiterados de tráfico ilícito de migrantes y asociación ilícita.

Dado que los imputados no tenían antecedentes, la baja entidad del delito y al hecho de que llevaban un año y medio presos, la pena se dio por cumplida y se ordenó la inmediata libertad de todos los imputados. Los restantes siete imputados fueron absueltos de todos los cargos.

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