Sala de Prensa

27/06/2013

Caso crimen Daniel Zamudio

Tribunal Oral reconoció que sólo defensor regional define designación de defensores

Defensoría replicó resolución que ordenó designar un defensor público exclusivo a imputado Alejandro Angulo.

Por José Ignacio Aguirre
Defensoría Regional Metropolitana Norte

Apenas terminó la audiencia de preparación de juicio oral (APJO) del caso por el crimen con el joven Daniel Zamudio, el abogado particular de los imputados Patricio Ahumada y Alejandro Angulo, Claudio Cofré, renunció a seguir con sus defensas. Tras ser  notificada por el tribunal la Defensoría Penal Pública designó como defensor  de ambos acusados al abogado Néstor Pérez, quien ha estado vinculado a la causa ya que fue el defensor que estuvo a cargo de la audiencia de control de la detención y de formalización.

Sin embargo, el imputado Angulo planteó que por la complejidad de la causa quería un defensor exclusivo. Néstor Pérez representó este requerimiento al Séptimo Juzgado de Garantía, que citó a una audiencia en la que tras escuchar a Angulo, el magistrado Freddy Cubillos decretó que la Defensoría debía designarle un defensor aparte del que patrocinaba a Patricio Ahumada.

Pero la unidad de estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Norte, analizó el requerimiento y concluyó que este era improcedente. Por esta razón el jefe de Estudios Carlos Mora, solicitó una audiencia la que en definitiva fue vista por el 4° Tribunal Oral en lo Penal, ya que tras el término de la APJO y el cierre del auto de apertura, el 7° de Garantía concluyó  que su labor en la causa había concluido.

Argumentos de la Defensoría

Carlos Mora argumentó que de acuerdo al artículo 53 de la Ley 19.718 del 10 de marzo de 2001, que creó la Defensoría Penal Pública, es el defensor regional -en este caso el defensor regional metropolitano norte Leonardo Moreno Holman- el que tiene la facultad exclusiva de fijar los criterios de designación de defensores. En este caso, precisó, no existen defensas incompatibles ya que sus versiones de los hechos son coincidentes y no existen inculpaciones mutuas. Agregó que si bastara la solicitud de los imputados probablemente se haría imposible cumplir con todos los requerimientos. En todo caso, el la audiencia le garantizó a Angulo que podía estar tranquilo porque la unidad de Estudios estaría permanentemente asistiendo a su defensor.

Ante estos argumentos los magistrados Marcela Figueroa (presidenta), Mauricio Olave y Héctor Caro acogieron el planteamiento y confirmaron que el defensor Néstor Pérez podía asumir las defensas de los dos imputados: Ahumada y Angulo.

Además de éstos, están formalizados por el homicidio calificado del joven Daniel Zamudio, Raúl López, defendido por la defensora penal pública Karen Fernández y Fabián Mora quien actúa con abogado particular.

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