Sala de Prensa

03/09/2014

Por 57 votos contra 39 y tres abstenciones, la sala de la Cámara votó contra la iniciativa

Rechazan moción para limitar facultad de exclusión de prueba de jueces de garantía

La decisión parlamentaria acogió los argumentos que la Defensoría Penal Pública expuso en su momento ante la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, instancia que también rechazó la idea.

Por Marcelo Padilla V.,
Defensoría Penal Pública.

Por 57 votos contra 39, más tres abstenciones, la sala de la Cámara de Diputados rechazó ayer un proyecto de ley ingresado vía moción parlamentaria, que buscaba modificar los artículos 276, 277 y 334 del Código Procesal Penal.

La iniciativa pretendía limitar la facultad de exclusión de prueba de los jueces de garantía -eliminando la causal de impertinencia-, ampliar a otros intervinientes del proceso -además de la Fiscalía- el derecho a recurrir contra resoluciones que excluyan pruebas y ampliar la posibilidad de recurrir a todas las causales de exclusión, menos la impertinencia.

Previamente, el proyecto había sido rechazado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara, tendencia que se repitió en la votación efectuada ayer. Lo mismo ocurrió previamente con otra moción parlamentaria similar, que también fue rechazada previamente en la comisión.

De hecho, antes de votar y al explicar al hemiciclo las características del proyecto revisado ayer, el diputado Guillermo Ceroni (PPD) recordó que “esa comisión decidió rechazar la moción por amplia mayoría de votos y recomendar que no se apruebe, con el apoyo del ministro de Justicia y del Defensor Nacional”.

En efecto, en su momento la Defensoría Penal Pública tuvo la oportunidad de expresar su visión crítica sobre esta iniciativa parlamentaria, resaltando el valor jurídico de la audiencia de preparación de juicio oral en cuanto a la necesaria “depuración de pruebas” que esa instancia permite, para excluir “todas aquellas que provienen de actuaciones de la investigación realizadas con infracción de garantías o aquellas que provienen de diligencias declaradas nulas”.

Una minuta institucional enviada a los parlamentarios de la comisión señaló la importancia de mantener todas las causales vigentes de exclusión de pruebas, pues “el caudal de antecedentes recopilados durante la investigación es tan vasto y variado en su contenido y calidad, que necesariamente debe escoger aquello que tiene algún sentido o interés respecto al caso y de ello, a su vez, seleccionar aquello que es realmente útil y atingente para resolverlo. No tiene sentido llevar pruebas reiterativas o que pretendan acreditar pruebas obvias, o referirse a cosas que no tienen nada que ver con el caso”.

IMPERTINENCIA
Al explicar la lógica por la cual la impertinencia es una de las causales más relevantes de exclusión probatoria dentro de un sistema procesal eficiente, capaz de hacer operativas las garantías de contradicción, inmediación y plazo razonables, la minuta institucional aclaró a los parlamentarios que “el caudal probatorio recopilado durante la investigación, generado en bruto y sin mayor calidad en garantía y en contenido, debe ser reducido, filtrado y seleccionado para el juicio”.

En cuanto a la idea de ampliar a todas las causales la posibilidad de recurrir, la DPP planteó que, de aprobarse, “dicho recurso debiese ampliarse a los demás intervinientes del proceso, y no sólo otorgárselo al Ministerio Público”, para respetar -precisamente- la garantía de debido proceso y la igualdad de armas entre los intervinientes.

Sobre el punto de fondo, en todo caso, la Defensoría también planteó ante la comisión que la idea no tenía sentido, entre otras razones porque “ni el Ministerio Público, ni el Poder Judicial o la Defensoría Penal Pública, ni ningún operador vinculado al sistema procesal penal, ha propuesto o se ha escuchado opinión alguna vez, acerca de la necesidad de ampliar el recurso de apelación a las otras causales restantes”.

  • subir
  • imprimir
  • volver