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08/10/2014
En la sede Talca de la Universidad Autónoma de Chile
Abogado de la Unidad de Estudios del Maule expuso sobre alcances de la “Ley Emilia”
Jaime Venegas intervino como expositor en el evento, organizado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de dicha casa de estudios superiores.
Por Edgardo Castro Vega,
Defensoría Regional del Maule.
Un análisis descriptivo de la denominada “Ley Emilia”, que incluyó una revisión de sus alcances y posibles consecuencias en el ámbito de la justicia penal, realizó el abogado Jaime Venegas, de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional del Maule.
Ello, en el marco de un foro al que fue invitado a participar como expositor y que fue organizado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Autónoma de Chile, sede Talca.
La cita tuvo por objetivo abordar ante académicos, estudiantes y abogados de la zona las modificaciones que se introdujeron a la Ley de Tránsito y sus consecuencias, en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves, gravísimas o con resultado de muerte, todo lo cual comenzó a regir en el país el 14 de septiembre pasado.
En su intervención, Venegas comenzó con un análisis descriptivo de las modificaciones introducidas a la Ley de Tránsito y luego planteó sus reparos a las sanciones que la nueva norma establece para quienes la infringen.
En este sentido, puso especial acento en las penas asignadas para quienes causen lesiones graves o gravísimas o causen la muerte como consecuencia de conducir en estado de ebriedad. El profesional planteó que es preocupante que personas que se enfrenten a un hecho de esta naturaleza no tengan otra opción de enmendar su error y sean sancionadas con pena de cárcel.
“Nos enfrentamos a una ley que no deja espacio al juez para que pueda diversificar la sanción a aplicar, a través de otras medidas cautelares o de reinserción. En la práctica, estamos ante un escenario en el que una persona sin antecedentes penales y que haya cometido un delito tipificado en esta norma, deba permanecer en la cárcel por al menos un año. Estimo que el legislador debió diversificar la sanción a aplicar, como someter al infractor a tratamiento de alcohol u otras sanciones que contempla la ley 20.603 sobre penas sustitutivas, porque la cárcel debe ser el último recurso”, explicó.
En el foro panel participaron también el ex asesor jurídico de la Fiscalía Regional del Maule, Roberto Navarro, y Félix Arto, académico de la Universidad Autónoma de Chile.
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