Sala de Prensa

24/08/2015

A propósito de una causa por usurpación no violenta de tierras

Comunidad indígena Lumaco y defensores públicos se reunieron en Malalhue

Los comuneros recibieron la visita del Defensor Regional de Los Ríos, Washington Fernandez, del defensor público de San José de la Mariquina, Cristian Cancino, y del jefe regional de Estudios, Luis Soto.

Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
Periodista Defensoría Regional de Los Ríos.

Cerca de la localidad de Malalhue, en la comuna de Lanco, se reunieron el pasado jueves integrantes de la comunidad indígena Lumaco con el Defensor Regional de Los Ríos, Washington Fernandez; el defensor público en San José de la Mariquina, Cristian Cancino y el jefe regional de estudios, Luis Soto.  

El encuentro se produjo a propósito de una causa por usurpación no violenta al predio aledaño, que la comunidad reivindica como ancestralmente suyo. Por lo mismo, los directivos y el profesional -quien representa a los comuneros ante el Tribunal de Garantía de San José de la Mariquina- explicaron a los presentes el rol de la institucin y el derecho a defensa penal pública de todos los ciudadanos a quienes se les impute un delito.

En ese contexto, Luis Soto aclaró la diferencia entre los delitos de usurpación violenta y no violenta de tierras. “En términos muy generales, quisimos dar a conocer los aspectos que supone la defensa indígena como parte de nuestra oferta en defensa especializada”, indicó.

PRÓXIMA FORMALIZACIÓN
El equipo institucional atendió el relato de los integrantes de la comunidad indígena frente a los hechos que se les imputan, tras lo cual comentaron el procedimiento penal con miras a una próxima formalización de otros dos comuneros en septiembre próximo.

“En lo logístico, por cierto, se les ofreció la posibilidad de que la Defensoría se haga cargo, vía gastos de comparecientes, de apoyar el traslado para la comparecencia en audiencia de ambas personas ”, precisó el jefe de Estudios.

Según el Defensor Regional, otro concepto que procuraron transmitir en este primer trewún (reunión) fue la denominada titularidad del imputado. “Es decir, que la defensa pública provee asesoría sobre el escenario judicial y las distintas posibilidades procesales, pero siempre es la o el imputado quien decide sobre su causa y no su defensor. No obstante, lo fundamental es que se decida de manera informada”, destacó.

La defensa penal indígena integra tratados internacionales como el Convenio 169 de la OIT, la Ley Indígena vigente en Chile y las llamadas 'Reglas de Brasilia'. El modelo está a cargo de profesionales especialmente capacitados.

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