Sala de Prensa

16/09/2016

Durante la audiencia de formalización por parricidio

Tribunal rechazó internación provisoria de joven de 15 años que mató a su padre para defender a su madre

La defensora pública juvenil Francisca Opazo argumentó legítima defensa del adolescente, quien reaccionó ante un nuevo ataque de su padre adicto a las drogas y no tiene antecedentes penales.

Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.

María Angélica (35) se estaba duchando apurada, porque tenía que ir al liceo donde su hijo J.A., de 15 años, tenía que bailar cueca por las Fiestas Patrias. Sin embargo, su marido -Cristián Ávila (37)- ingresó violentamente al baño para increparla y exigirle dinero.

El hombre, adicto a las drogas y con características celópatas, comenzó a zamarrear a su mujer, acusándola de que se estaba arreglando para reunirse con un supuesto amante. Fue ahí cuando F.A. ingresó al baño para defender a su madre y terminó involuntariamente con la vida de su padre.

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
La casa familiar, en calle Rosas Salas de la comuna de Independencia, tenía una larga historia de violencia, que incluso era conocida por los vecinos, quienes sabían de la adicción a las drogas de Cristián Ávila.

De hecho, ya había cuatro denuncias de violencia intrafamiliar contra el hombrem que incluso lo habían tenido en prisión preventiva. Sin embargo, en todas esas causas su mujer había terminado desistiéndose de declarar en su contra.

En esta oportunidad estaba de visita un pequeño sobrino de 11 años, quien acudió primero al escuchar los gritos de sus tíos y vio cuando el hombre tiró un balón de gas a los pies de su tía. Fue corriendo a contarle a su primo quien corrió a detener la agresión.

Según testimonio de la propia María Angélica, víctima de la violencia de su marido, su hijo probablemente acostumbrado a estas agresiones habría ido con un cuchillo para disuadir a su padre. Pero éste habría comenzado a atacar a su hijo, quien para defenderse le propinó tres estocadas en brazo y abdomen que, finalmente, le provocaron la muerte.

PARRICIDIO VERSUS LEGÍTIMA DEFENSA
El fiscal Alejandro Osorio consideró que la reacción del menor fue excesiva y lo formalizó por parricidio. Además, solicitó al Segundo Tribunal de Garantía de Santiago, que fuera privado de libertad mientras se desarrolle la investigación, sometiéndolo al régimen de internación provisoria en un recinto del Servicio Nacional de Menores (Sename).

Sin embargo, la defensora pública Francisca Opazo se opuso y argumentó que del propio relato de la Fiscalía y de la víctima de la golpiza inicial –la madre del imputado, que estaba presente en la sala acompañando a su hijo- se configura la eximente de responsabilidad de legítima defensa.

Explicó que la supuesta intervención del joven no se habría producido de no mediar la agresión del fallecido a su madre, con la carga emocional de que era un hecho reiterado que se salió de control. Agregó que el joven no tiene antecedentes penales y es alumno de primero medio con asistencia regular. De hecho, en la audiencia estaban también presentes profesores del liceo donde estudia.

El magistrado Cristián Sánchez acogió los argumentos de la defensa pública y rechazó la solicitud de internación provisoria. En cambio, decretó la libertad del adolescente, dejándolo a cargo de su madre y con supervisión del Sename.

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