Sala de Prensa

19/02/2007

Mediático caso de homicidio: Expira plazo para recurso de nulidad

En mediático caso de homicidio, Tribunal de Iquique acogió importantes argumentos de la Defensoría Penal Pública.

Hoy expira el plazo para presentar un eventual recurso de nulidad en uno de los juicios orales más extensos de los últimos años en la Región de Tarapacá: el del homicidio en contra del millonario iquiqueño Jorge Caponna Fabila. En este caso, la Defensoría Penal Pública consiguió que el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique acogiera sus principales argumentos, por lo que condenó a su único defendido a 6 años de presidio por homicidio simple, desestimando las peticiones de mayor calificación que había hecho el Ministerio Público.

El equipo profesional que defendió a Dinator Pizarro Pino, sindicado como coautor, estuvo a cargo estuvo integrado por la Jefa de Estudios de la Defensoría Regional, Victoria Márquez King y la abogada licitada Marcela Wachtendorff Valencia. La labor de ambas fue remarcada muy positivamente por la prensa local, que destacó lo sólido de sus argumentaciones jurídicas e intervenciones en el juicio.

Este proceso tiene el próximo 18 de febrero como plazo para presentar un eventual recurso de nulidad, el que debe remitirse al mismo Tribunal Oral en lo Penal de Iquique. Si se presentara, debe examinar su admisibilidad que, de ser positiva, se pone en consideración de una instancia superior como la Corte de Apelaciones, la que también examinará su validez antes de considerar tratarla en sala.

Este caso de homicidio involucró al empleado Dinator Pizarro, de 32 años de edad, quien contribuyó con los principales antecedentes para aclarar el crimen contra el anciano Jorge Caponna, quien fue hallado muerto en un aislado sitio de la pampa, a unos 170 kilómetros de Iquique. Días antes de su desaparición, Caponna había extendido un amplio poder para que Luis Pedro Buccioni - el principal imputado - administrara sus pertenencias de terrenos. Posteriormente a su muerte, Buccioni inscribió tales propiedades a su nombre.

La Defensoría Penal Pública argumentó falta de pruebas sólidas para fundamentar la concertación y complicidad en tal muerte en el caso de su defendido Dinator Pizarro. Los únicos antecedentes claros al respecto fueron entregados por él mismo Dinator Pizarro, en una colaboración que pudo esclarecer el caso, planteó la defensa.

El Tribunal Oral en lo Penal de Iquique, presidido por el juez Carlos Cosma Inojosa, e integrado además por los jueces Marilyn Fredes Araya y Andrés Provoste Valenzuela, resolvió finalmente dictar - para Dinator Pizarro Pino - la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa. En los antecedentes de tal sentencia el tribunal especifica que acogió la minorante del N°9 del artículo 11 del Código Penal, "toda vez que, efectivamente los antecedentes aportados por Pizarro permitieron dar luces a la investigación".

El principal acusado fue condenado a 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa.

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