Sala de Prensa

07/06/2018

Tribunal de Iquique reconoció derechos basados en la cultura ancestral de ese pueblo originario.

Mujer integrante de comunidad romané podrá cumplir condena en su campamento gitano

La justicia le confió el control del cumplimiento de la pena a su comunidad, atendiendo a los argumentos presentados por su defensor penal público, Joaquín Muller.

Por Héctor Mérida C.,
Defensoría Regional de Tarapacá.

En el Monte los Olivos con Los Álamos, a un par de kilómetros de Iquique, en una explanada entibiada por el sol pampino, hay un conjunto habitacional que escapa a las costumbres fuertemente arraigadas en las ciudades nacionales.

No tiene altos muros y abundantes rejas, como el condominio que se ubica justo al frente, porque sus puertas más bien permanecen abiertas todo el día. También dispone de un amplio espacio libre en torno a sus viviendas, que son coloridas, ventiladas y flamean permanentemente de cara al desierto que rodea a la ciudad de Alto Hospicio.

El aire en ese sitio es limpio y el paisaje parece casi infinito. Y es precisamente allí donde comenzó una nueva etapa de vida para Jayah, una gitana que fue recientemente condenada por un delito.

Por esa razón comenzó, hace unos días, a cumplir su reclusión nocturna en una de las carpas del campamento que su tribu mantiene en esa explanada. Tal posibilidad fue conseguida tras una documentada alegación del defensor penal público Joaquín Muller, quien citó jurisprudencia, presentó informes sociales y detalló normativa interna e internacional para fundamentar el derecho a medidas de cumplimiento alternativas a su encierro en una cárcel.

Por eso, la obligación ahora es que la mujer debe recluirse en su tienda y no salir de allí desde las 10 de la noche a las 6 de la mañana, por orden del Tribunal de Garantía de Iquique, que le privó de su libertad en la modalidad de reclusión parcial domiciliaria, por un total de 16 meses.

EL DELITO
Esto ocurrió luego que ella admitiera su responsabilidad en un robo por sorpresa, que tuvo un botín de 20 mil pesos chilenos más 300 pesos bolivianos.

Que se le permitiera cumplir la pena en su toldo se hizo acogiendo la alegación del abogado Muller, quien solicitó ponderar consideraciones interculturales en la determinación de la forma de cumplimiento de la sanción impuesta, ya que la condenada pertenece a la etnia gitana.

“Esta es uno de los casos en que deben respetarse las costumbres de un pueblo milenario, como el Romané, porque el derecho interno y el internacional lo contemplan y porque refuerza las posibilidades de reinserción, que es lo más valorable que se puede obtener tras una sanción penal”, destacó el defensor público.

EL DICTAMEN
El dictamen estuvo a cargo del juez de garantía Diego Reyes, quien en un procedimiento abreviado impuso la pena de 541 días a Jayah. Pero,al determinar su forma de cumplimiento, el magistrado descontó los dos meses de prisión preventiva que la mujer ya había pasado en el Complejo Penitenciario de Alto Hospicio y le concedió la posibilidad de cumplir los 16 meses restantes en su domicilio.

Hubo un momento en que esta alternativa peligró, pues Jayah tiene domicilio registrado en un campamento gitano establecido por ahora en una explanada de Alto Hospicio, justo en la intersección de las calles Los Álamos con Monte los Olivos. Entonces, no es una casa tradicional que forme parte definitiva del ordenamiento urbano.

También surgió la dificultad para que se le fijara la tobillera electrónica con GPS, porque en su carpa no tiene luz eléctrica. Ambos factores imposibilitan emitirle un informe técnico favorable de factibilidad, por lo que sólo quedaba la opción de que durmiera en un establecimiento penitenciario.

Sin embargo, la alegación de Joaquín Muller, más todo el fundamento jurídico y documental que expuso, convencieron al tribunal, de modo que desde junio Jayah pasa su vida apegada a una estricta restricción, que fiscaliza su tribu y el jefe del campamento.

En lo normativo, citó el artículo 7 de la Ley N° 18.216, que “establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad”, específicamente el párrafo que señala que en los casos excepcionales “se podrán decretar otros mecanismos de control similares, en la forma que determine el tribunal”.

LOS GITANOS
Antonio, quien tiene la máxima autoridad en esta agrupación, ponderó positivamente la medida: “Es muy bueno que la ley chilena tome en cuenta la ley gitana y que uno de nuestros hermanos pueda cumplir su castigo fuera de la cárcel”.

Agregó que los cerca de 50 integrantes del grupo acampado allí están atentos a que la confianza depositada en ellos sea honrada. “Ya desde las ocho de la noche cuidamos que ella esté en torno a su carpa”, remarcó.

Jayah también expresó su promesa de cumplimiento. Ella no se llama así y prefirió ser identificada con un nombre ficticio, porque no quiere que sus hijos sean objeto de burlas. Explicó que vivir dos meses al interior de una cárcel fue muy duro. “Me enfermé de depresión y ahora, cuando el juez me dejó cumplir en mi carpa, se lo agradecí harto, porque somos todos humanos”.

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