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03/07/2018

Defensor nacional, Andrés Mahnke Malschafsky:

“El cumplimiento de las penas en libertad tiene tasas de reincidencia inferiores que aquellas que cumplen la reclusión en forma íntegra” (*)

El titular nacional de la Defensoría Penal Pública apuntó a que exista una mejor regulación respecto al sistema de ejecución de penas de nuestro país, refrendando que las cifras avalan el cumplimiento de condenas en el medio libre respecto a las contradicciones actuales con “los principios y valores que debiese infundir un Estado democrático”.

(*): La siguiente entrevista al Defensor Nacional, Andrés Mahnke, fue publicada el pasado domingo 1° de juilo en el diario La Prensa Austral de Punta Arenas.

Por Roberto Martínez Arriaza,

rmartinez@laprensaustral.cl  

Dos veces al año (abril y octubre) resurge el intenso debate respecto a los internos que son beneficiados con las libertades condicionales luego de cumplir con una serie de requisitos, lo que hace dos meses retumbó con fuerza en la comunidad local al concederles este derecho legal a dos sujetos que fueron condenados por el homicidio de un estudiante de la Universidad de Magallanes, crimen que en 2013 causó gran conmoción luego que los asesinos le asestaran siete puñaladas al joven Max Bahamonde Agüero, de 21 años.

Dicha efervescencia suele ser más agitada cuando a la fecha se registran al menos tres casos de personas que obtuvieron este beneficio carcelario que ya han sido detenidos por su presunta participación y autoría en otros delitos, lo que ha llevado a parlamentarios, instituciones y otras entidades a cuestionarse si es necesario modificar el decreto ley 321 -que data de 1925- con el objeto de reglamentar con mayor acuciosidad este derecho establecido por ley.

No obstante, para el defensor nacional, Andrés Mahnke Malschafsky, quien visitó la región en el marco de la cuenta pública de la Defensoría Penal Pública local, la modificación legal sí es un evento que debiera ocurrir, aunque a su juicio debe ser enfocada en la deuda actual que presenta el sistema de ejecución de penas, enfatizando, a su vez, que las cifras de reinserción, respecto a las de reincidencia, respaldan su fundamento en torno a los resultados obtenidos con el cumplimiento de condenas en el medio libre.

-En Magallanes, a la fecha han sido detenidas tres personas a las cuales se les otorgó el beneficio de la libertad condicional en abril. ¿Cree que es necesario ajustar un poco el filtro o hacer modificaciones en la vetusta normativa que data de 1925?
-Respondo con una contrapregunta: ¿Para qué vamos a limitar el uso de las libertades condicionales u otros espacios de cumplir condena en el medio libre? ¿Se está tratando de favorecer la privación de libertad porque eso tiene consecuencias positivas para el fortalecimiento de la paz social? Todo indica y todas las cifras demuestran que no.
La libertad condicional, la remisión condicional de una pena, la libertad vigilada, el cumplimiento de las penas en el medio libre tienen tasas de reincidencia que son por más del cien por ciento inferiores que las que tienen quienes cumplen la reclusión en forma íntegra. Estamos en algunos ámbitos un 300 ó 400 por ciento menos de reincidencia.
Como Estado, debiésemos favorecer ese espacio, pero lamentablemente bastan dos o tres casos en que los niveles de exclusión que tienen estas personas no necesariamente pueden garantizar el cien por ciento de los casos de una imposibilidad de que cometan nuevos ilícitos.
Si las libertades condicionales se les exigiera para internalizarlos en nuestro sistema penitenciario y llevar la reincidencia a cero, estaríamos con una legislación que extinguiría el uso del cumplimiento en el medio libre, pero afortunadamente como sistema uno debiese privilegiar aquello que aporta a la convivencia y al fortalecimiento de la paz social e incide en la disminución de futuros ilícitos, y eso estadísticamente está completamente comprobado.

-¿Y cómo se debe potenciar aquello?
-Cambiando la regulación del decreto de casi un siglo. Es muy limitado y naturalmente uno de los ámbitos que quedó como una promesa, casi como una expectativa de lo que venía después de la Reforma Procesal Penal, que partió el 2000 y se instaló progresivamente hasta el 2005.
Al año siguiente, empezó a funcionar el régimen y seguro que venía antes de 2010 lo que faltaba, respecto a qué pasa con las personas que son condenadas por este sistema penal, a través de un sistema contradictorio con los principios y valores que infunda un Estado democrático, que era el sistema de ejecución de penas de nuestro país.
Eso no lo tenemos. Hay una deuda y se debe regular con mayor acuciosidad en aumentar los requisitos, y poner el foco precisamente en la conveniencia de que exista esta supervisión judicial por jueces especializados con derechos de personas defendidas por abogados defensores y no como actualmente que participamos sólo en algunas comisiones. Pero insisto que no tenemos una regulación jurisdiccional, pero la buena noticia es que hay pretensiones de impulsar un proyecto en ese sentido.

-Sin embargo, esta amplia brecha entre reincidentes y quienes son reinsertados con este beneficio carcelario se ve apartada ante el juicio social aunque sea en un solo caso…
-En Magallanes ya hay tres casos, pero basta uno para que esta imagen de la comunidad sea una visión bastante sesgada en los propósitos de un sistema de justicia penal, en el ámbito de intentar disminuir la comisión de ilícitos.
Todo se lleva a un camino casi sin vías alternativas que es el privar de libertad. Naturalmente que se afecta la imagen. Por ejemplo, los ilícitos que han cometido los jóvenes en nuestro país han disminuido en un 35% desde el 2011 al 2017, las condenas, juicios y detenciones respecto de ellos han bajado, pero basta un caso como lo que sucedió con el menor que disparó en contra de un carabinero causando la muerte de éste para que nos salgamos del análisis racional y que hoy el debate sea disminuir la imputabilidad penal a 12 años, aumentar las penas de los adolescentes infractores y agravar la reincidencia, todo lo que va en contra del funcionamiento del sistema de responsabilidad penal que tiene un déficit muy marcado.
Acá no existen programas de reinserción de verdad y que quiebren esta cultura de funcionamiento completamente adaptada a esa exclusión”.

-¿Cuál es su análisis respecto a las condiciones de los internos en la cárcel de Punta Arenas considerando el aumento de agresiones ocurridas en el último año?
-Cuando no teníamos defensa penitenciaria había mucha información que como Defensoría no teníamos, desde 2014 hacia atrás, de lo que sucedía respecto a la situación de las personas privadas de libertad en las cárceles de adultos como de jóvenes.
Hoy tenemos más información y uno suele decir que estas situaciones antes no ocurrían, pero sí ocurrían, y aunque no lo puedo asegurar con total certeza pero de seguro con la misma frecuencia y violencia que se ve ahora. Los ajustes de cuenta en las prisiones han ocurrido siempre, la información que tiene Gendarmería del número de muertos en las cárceles al año es de acceso público.
Eso nos debiese orientar al uso racional de la privación de libertad porque no genera nada bueno el encierro, más allá del castigo como pena retributiva, pero se ha visto un aumento a nivel nacional de un más de un cien por ciento en los últimos doce años que ha tenido el uso de la prisión preventiva en fase de investigación en nuestro sistema.

IGUALDAD DE GÉNERO
-¿En qué se han traducido los constantes llamados de atención respecto a las condiciones de las mujeres recluidas en los recintos penales?
-Desde nuestro punto de vista ha sido el incorporar el enfoque de género dentro de nuestro sistema de defensa penitenciaria y la atención de personas privadas de libertad durante la investigación a propósito de la prisión preventiva.
Naturalmente la situación de las mujeres está desmedrada desde el punto de vista estructural y de la carga que la privación de libertad significa para ellas. Nosotros hemos incorporado esta mirada de género a propósito de las mujeres que defendemos, lo que se traduce en refuerzos de equipo, poner a personas con conocimiento en trabajo social que asistan al funcionamiento de las defensas, lo cual lo tenemos en Magallanes, en la Región Metropolitana Sur y en Antofagasta.
Nuestras cárceles están concebidas y construidas para hombres al igual que nuestro sistema penitenciario. No sólo las condiciones físicas están desmedradas sino que también el iniciar el camino a la reinserción, porque en algunas cárceles no existen determinados cursos o talleres, lo que les impide la posibilidad de incorporarse a un proceso de rebaja de condena o a una libertad condicional, que sí lo tienen los hombres.

-Al hablar de inclusión en nuestros tiempos es necesario preguntarse si ¿está adaptado el sistema judicial y penitenciario para asistir a minorías sexuales o es una deuda pendiente?
-
Los espacios de mejora o de deficiencia de nuestro sistema penitenciario son mucho más amplios de lo que la gente pudiera pensar y naturalmente una visión que sea respetuosa de derechos de minorías sexuales o de no discriminación con los extranjeros, los miembros de pueblos originarios, de las mujeres en trato igualitario, naturalmente que nuestro sistema no se hace cargo de esa circunstancias.
Respecto de un planteamiento o reconocimientos de derechos, que es la obligación del Estado, muchas veces no son respetados en el medio libre y por supuesto que tampoco lo son en el encierro.

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