Estándares de la defensa // Auditorias externas

La ley 19.718 establece que las personas naturales y jurídicas que prestan servicios de defensa penal pública estarán sujetas al control y responsabilidad previstos en esta ley, señalando que el desempeño de los prestadores del servicio de defensa penal pública será controlado a través de auditorías externas.

Por otra parte, el artículo 60 de este mismo cuerpo legal dispone que las auditorías externas serán realizadas por empresas auditoras independientes y tendrán por objeto controlar la calidad de la atención prestada y la observancia de los estándares básicos, previamente fijados por el Defensor Nacional, que deben cumplir en el procedimiento penal quienes presten servicios de defensa penal pública.

Las auditorías externas serán contratadas por el Defensor Nacional conforme a sus atribuciones generales. La selección de las empresas que presten este servicio se realizará por concurso público.

Las empresas que resulten seleccionadas, realizarán las auditorías conforme a las normas establecidas en la ley 19.718, el Reglamento sobre Licitaciones y Prestación de Defensa Penal Pública, las bases del proceso de licitación y el contrato que celebren con la Defensoría Penal Pública.

A la fecha, la Defensoría Penal Pública ha realizado varios procesos de auditoría externa y los informes finales entregados por las empresas adjudicatarias se presentan a continuación:

 

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