Sala de Prensa

08/07/2014

Columna de opinión:

Cambios en el sistema de aranceles de la DPP

El Defensor Regional del Maule, José Luis Craig, publicó este artículo el martes 8 de julio de 2014 en el diario El Centro de Talca.

José Luis Craig, Defensor Regional del Maule.

José Luis Craig, Defensor Regional del Maule.

Por José Luis Craig Meneses,
Defensor Regional de Maule.

El servicio que el Estado de Chile presta otorgando defensa penal de alta calidad a las personas acusadas de crimen, simple delito o falta a través de la Defensoría Penal Pública es esencialmente gratuito. Lo anterior implicó, por ejemplo, que el año recién pasado un 94 por ciento de las personas atendidas por nuestro servicio estuvieron exentas de todo pago.

Por otro lado, un 6 por ciento de las personas que fueron defendidas por nosotros en 2013 debieron pagar o rembolsar al Estado el importe de nuestro servicio. Pero, para llegar a tomar una decisión acerca de cobrar o no por nuestros servicios, debemos primero haber terminado nuestra labor y además determinar qué personas de las que atendemos pueden o tienen capacidad de pago y las personas que no lo poseen para, en definitiva, saber si pagan o no por su defensa.

Las normas que nos rigen en esta materia se han llamado históricamente en nuestro servicio Sistema de Aranceles. Arancel es la lista de precios o valores que la Defensoría Penal Pública debe fijar anualmente para su servicio, y en él deben considerarse los costos técnicos de asumir la defensa y también la etapa del procedimiento en que se asiste al beneficiario.

El 19 de mayo pasado el Defensor Nacional, Georgy Schubert, dictó el acto administrativo que fija nuestro arancel para el periodo 2014-2015, y éste empezará a regir 30 días después que se publique en el Diario Oficial.

Las novedades que contiene tal resolución son varias, pero destacan las siguientes: la consulta automática por beneficiario del puntaje que registra en la Ficha de Protección Social al Ministerio de Desarrollo Social; consulta subsidiaria a la distribución por tramos que efectúa el Servicio de Impuestos Internos; consulta subsidiaria al Fondo Nacional de Salud, todo lo anterior para determinar la capacidad de pago del beneficiario y de su grupo familiar. En la salida por juicio oral se agrega, por juicios que duren más allá de siete días, un cobro anexo de 100 mil pesos por cada día adicional, y se establecen ocho tramos de pago cero o copago, dependiendo del nivel de ingresos mensuales del beneficiario.

Todo lo anterior esperemos redunde en un mejor nivel de eficiencia en la recuperación de recursos estatales, sin importunar demasiado al usuario, que ya con el hecho de necesitar nuestros servicios tiene suficientes preocupaciones.

Pero lo que más nos importa es la calidad de nuestro servicio de defensa, que tiene la particularidad de que es preferido por las personas que, teniendo niveles de ingresos para elegir entre la prestación estatal y la privada, eligen a la Defensoría Penal Pública para que represente sus intereses ante el sistema penal, hecho que nos llena de orgullo y nos compromete en una tarea compleja e importante en nuestro sistema de justicia penal.
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