Sala de Prensa

05/05/2016

Columna de opinión:

Libertades condicionales

El siguiente artículo, escrito por el Defensor Regional de Arica y Parinacota, fue publicado en el diario de La Estrella de Arica.

El Defensor Regional de Arica y Parinacota, Claudio Gálvez Giordano.

El Defensor Regional de Arica y Parinacota, Claudio Gálvez Giordano.

Por Claudio Galvez Giordano,
Defensor Regional Arica y Parinacota.

Se ha generalizado una debate en la prensa en estos últimos días, a propósito de las libertades condicionales otorgadas a gente que se encontraba cumpliendo condena en la cárcel, discusión en que lamentablemente han primado más la emotividad y el populismo que las razones técnicas y las cifras.

Comencemos explicando que el sistema de libertades condicionales existe desde los años '20 y es un derecho que tiene todo preso que cumpla con los requisitos, que son básicamente haber cumplido efectivamente la mitad de su pena, tener una conducta intachable dentro del establecimiento penal y haberse educado y aprendido un oficio, si el establecimiento tiene las condiciones para ello.

Como pude verse, el énfasis está claramente puesto en el proceso de reinserción y en la prognosis que puede efectuarse sobre la posibilidad de reincidencia. Personal especializado de Gendarmería emite informes respecto del cumplimiento de las condiciones y una comisión formada por ministros de Corte y jueces decide finalmente sobre el otorgamiento.

Ante la mucha ignorancia que se ha exhibido en el debate, cabría destacar que según estudios de la Fundación Paz Ciudadana, las cifras de reincidencia para personas que cumplen la totalidad de su condena privados de libertad son del orden del 60 por ciento, mientras que las de quienes son beneficiarios de libertad condicional son del 23 por ciento.

Es decir, la mejor evidencia disponible nos señala claramente la conveniencia de efectuar lo que precisamente ocurrió en este caso: darle oportunidades a personas privadas de libertad, que les permitan reinsertarse en sociedad, exhibiendo este proceso una cifra de éxito (no reincidencia) notablemente superior al encarcelamiento completo.

Si estamos hablando seriamente de combate a la delincuencia y de disminuir el delito, no podemos ignorar lo evidente: la cárcel no resocializa, sino que incrementa la criminalidad, y el uso de libertades paulatinas con vigilancia y beneficios carcelarios hace mucho más por lograr este objetivo que el encierro permanente.

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