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09/01/2020
Defensora Violeta Álvarez llevó la causa
Arica: Abogada logra demostrar inocencia de carabinero acusado de apremios ilegítimos
El uniformado, quien al momento de la acusación era cabo segundo de Carabineros, fue absuelto por el Tribunal Oral en Lo Penal, ya que se estableció que las pruebas rendidas no cumplían con estándares condenatorios, detallando además que las lesiones que tenía la víctima, pudieron gestarse en una oportunidad anterior al ingreso al calabozo.
Por Varlenka Olivares Fuentes
periodista Defensoría Regional Arica y Parinacota
Con un resultado positivo para el imputado y su defensa concluyó el juicio oral en contra del carabinero de iniciales F.H.A., acusado de apremios ilegítimos y torturas a un hombre en estado de ebriedad que fue encontrado en la vía pública. Esto, luego de que su defensora penal pública Violeta Álvarez pudiera demostrar que los hechos descritos en la acusación no tenían sustento condenatorio y que el imputado era inocente.
El uniformado, quien al momento de la acusación era cabo segundo de Carabineros, fue absuelto por el Tribunal Oral en Lo Penal, ya que se estableció que las pruebas rendidas no cumplían con estándares condenatorios, detallando además que las lesiones que tenía la víctima, pudieron gestarse en una oportunidad anterior al ingreso al calabozo.
Los hechos
Según el relato del ente persecutor, los hechos se remontan a la noche del 06 de abril de 2017, cuando un hombre identificado con las iniciales R.A.G, fue trasladado hasta la Primera Comisaría, tras ser encontrado en estado de ebriedad en la vía pública. Al estar en la celda, habría sido golpeado por el carabinero acusado y posteriormente trasladado hasta el Hospital Doctor Juan Noé, donde quedó hospitalizado.
El uniformado durante el proceso señaló ser inocente, tesis que la defensa mantuvo, detallando que no hubo participación en los hechos.
Durante la investigación se pudo establecer que la víctima, antes de ser detenido participó en una riña, razón por la cual ya tenía lesiones en su rostro y cuerpo y que además se negó a la revisión de rigor que se realiza en el hospital para conocer el estado de salud del detenido.
Al respecto la defensora de la causa, Violeta Álvarez agregó que: “Mi representado desde un comienzo negó participación en los hechos siendo siempre su voluntad ir a juicio oral, para demostrar su inocencia. Por ello renunció a su derecho a guardar silencio y prestó declaración, relatando detalladamente lo ocurrido ese día y respondiendo todas las consultas realizadas por las partes; sin perjuicio de toda la prueba que rindió el ente persecutor en conjunto con los querellantes, esta no fue suficiente ni determinante para vincular a mi representado en los hechos por los cuales se le acuso, existiendo incluso inconsistencias y contradicciones en la prueba que se rindió por ellos, todo esto llevo a que el Tribunal Oral en lo Penal dictara sentencia absolutoria, decisión que tiene a mi representado y a esta defensa satisfechos con la decisión del Tribunal”.
Ante las pruebas rendidas, los jueces de forma unánime absolvieron al acusado, explicando que ante “la carencia de pruebas ofrecidas por la Fiscalía y adhesión particular, no se pudo superar la presunción de inocencia que ampara al acusado y corresponde dictar sentencia absolutoria […] Solo ha sido posible acreditar con la prueba en juicio, algunos elementos objetivos, como la existencia de las lesiones del afectado […] sin poder establecer con la precisión requerida para determinar que son consecuencia de una acción del sujeto activo (imputado)”
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