Sala de Prensa

05/03/2020

La actividad de difusión fue organizada por la Defensoría Regional de Coquimbo

Realizan charla a carabineros de Fuerzas Especiales sobre ley de tortura y tratos crueles

Los funcionarios policiales conocieron el rol de la Defensoría y la labor de los defensores públicos al indagar la situación de los detenidos en los recintos policiales.

Por Daniel San Martín D.,
Defensoría Regional de Coquimbo.

Efectivos de Fuerzas Especiales de Carabineros fueron los primeros funcionarios en recibir una relevante inducción sobre las características de la Ley N° 20.968, relativa al delito de tortura y de tratos crueles, inhumanos o degradantes, tarea que estuvo a cargo de la Defensora Regional de Coquimbo, Inés Rojas.

Con esta actividad, que se desarrolló en el auditorio de la prefectura regional de Carabnineros, se dio inicio a un ciclo de charlas que abarcará a la dotación distribuida en las tres provincias de la región.

En su exposición, Inés Rojas y el asesor jurídico, Carlos Esperguen, abordaron esta normativa, que detalla las situaciones y eventuales consecuencias penales para los funcionarios públicos -en este caso los carabineros- en caso de cometer actos de torturas, apremios ilegítimos o vejaciones injustas.

Al inicio la abogada explicó que la misión de la Defensoría Penal Pública es defender a cualquier persona imputada por un delito, tarea que se realiza a través de defensores penales que brindan asesoría legal, velando por la dignidad y los derechos humanos de los acusados, con una representación especializada en caso de grupos vulnerables como indígenas, adolescentes, condenados, mujeres privadas de libertad, personas con discapacidad mental y extranjeros.

“Entiendo que para ustedes son delincuentes. Para nosotros son personas a las que atendemos sin ningún tipo de distinción e incluso hemos defendido con el mismo profesionalismo a funcionarios policiales”, señaló Rojas.

PROTOCOLOS INSTITUCIONALES
La Defensora Regional expuso luego diversos ejemplos relacionados precisamente con el accionar de la unidad de Fuerzas Especiales y los conceptos de violencia física, psicológica o moral, tortura y tratos degradantes. Luego profundizó minuciosamente en los artículos de la Ley N° 20.968 que describen los actos en que funcionarios públicos cometen delitos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes.

“Es muy importante que sepan que no sólo el carabinero que comete estos hechos es declarado culpable. Si ustedes ven a un colega sometiendo a una persona a estos apremios también recibirán una sanción”, añadió.

Finalmente, la abogada conminó a los funcionarios policiales a ceñirse estrictamente a los protocolos sobre derechos humanos establecidos por la institución, pues son precisamente los agentes del Estado encargados de garantizar y mantener el orden y la seguridad pública.

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