Sala de Prensa

06/03/2020

Defensora pública licitada

Karina Ulloa, la abogada que hizo pesar la violencia que sufrió su clienta para lograr su libertad (*)

“No es justo que como respuesta estatal a una situación de violencia que por años sufría su representada, finalmente sea ella quien termine interna como presa”, planteó la profesional.

(*): Nota publicada por La Prensa Austral el 2 de marzo de 2020.

“Es bueno que los fallos tomen en consideración las alegaciones que uno hace, no sólo las de la Fiscalía”, dijo ayer Karina Ulloa, la abogada que el sábado consiguió que la Corte de Apelaciones de Punta Arenas cambiara la prisión preventiva que pesaba en contra de la mujer que mató a su marido. Desde ese día ella abandonó la cárcel, quedando sujeta a la medida de reclusión nocturna en domicilio en el borde costero del sector de Agua Fresca.

Desde el 21 de febrero María Vera Vargas, 48 años, estaba en la cárcel luego de ser  formalizada por el delito de parricidio. El día anterior mató a su ex marido, en una vivienda del kilómetro 35 de la Ruta 9 Sur, identificado como René Pérez Carrillo. Le clavó un cuchillo carnicero, como detalló el fiscal Fernando Dobson en la formalización de cargos, provocando la muerte del hombre.

La abogada defensora Karina Ulloa esgrimió la escalada permanente de violencia intrafamiliar que sufría su representada, exponiendo varios casos en los que la mujer resultó agredida. Sin embargo, el Tribunal de Garantía desoyó la tesis y la envió a cumplir prisión al complejo penitenciario de Punta Arenas.

VOTOS FEMENINOS
Karina Ulloa presentó un recurso de apelación en la Corte local, logrando revertir la decisión inicial, gracias a los votos de Marta Jimena Pinto y de la fiscal Connie Fuentealba, mientras que el voto disidente correspondió al abogado integrante Juan Rodríguez Muñoz, que se pronunció a favor de mantener la prisión preventiva.

La defensa dio cuenta que después del control de detención aparecieron lesiones en el cuerpo de la mujer. Esto lo recogió el fallo de la Corte, como también la situación de vulnerabilidad de la imputada, afectada por hechos de violencia, en causas donde aparece como víctima.

Para la defensora, en este caso la prisión fue concedida por la relación directa con las hipótesis legales, como la pena asignada al delito. “En casos graves como éste, lo que uno debe revisar en detalle es si realmente es necesario que se imponga la medida cautelar de prisión”.

Por eso fue tan categórica al plantear que en este caso había antecedentes relacionados con una situación muy grave de violencia intrafamiliar anterior, “e incluso indicios de situaciones de violencia en el mismo contexto en que esto ocurre (el crimen), y por lo tanto, lo que se hizo presente en la audiencia de medidas cautelares en la Corte fue que aunque sea un delito grave como éste, y sabemos que es así, no siempre puede ser la prisión preventiva la única medida”, indicó a La Prensa Austral la abogada.

Según su parecer, en este caso existen indicios de que había una situación de violencia que generó lo que todos saben, “y existiendo esa figura, no corresponden medidas cautelares de tanta intensidad”.

Para Karina Ulloa no es justo que como respuesta estatal a una situación de violencia que su clienta sufría por años, “cuando esa persona se defiende o finalmente decanta todo en que se genere una situación más grave, finalmente sea ella, que siempre estuvo como víctima, ahora quede interna como presa”.

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