Sala de Prensa

13/03/2020

Tras reunión con jefes de estudios de ambas sedes metropolitanos, acordaron acciones conjuntas

Representantes de la Fundación Daya agradecieron apoyo de la Defensoría en causas de su interés

Una reunión con representantes de la Fundación Daya sostuvieron los jefes de Estudios de las Defensorías Regionales Metropolitanas Norte (DRMN), Claudia Vergara, y Sur (DRMS), Mario Palma, ocasión en que abordaron temas de interés conjunto.

Por Gustavo López Valeria,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.


Representantes de la Fundación Daya, encabezados por la actriz Ana María Gazmuri, agradecieron el constante apoyo de la Defensoría en causas de personas imputadas del delito de cultivo del vegetal cannabis cuando ello puede corresponder a un uso medicinal.

Gazmuri y otros miembros de la organización se reunieron con los jefes de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN), Claudia Vergara, y Metropolitana Sur (DRMS), Mario Palma, con quienes aprovecharon de afianzar las coordinaciones para nuevas causas o situaciones judiciales de personas que esgriman una causal médica para el consumo de la planta.

Al respecto, se recordó el reciente fallo absolutorio del Tribunal Oral en lo Penal de Talagante, que absolvió a un imputado tras comprobarse que el uso era de tipo medicinal.

La causa, llevada por los defensores penales públicos Eduardo Saavedra y Felipe Silva, contó con las declaraciones en estrado de profesionales médicos que avalaron el tratamiento para la persona llevada a juicio. La resolución condensó los motivos del veredicto de absolución.

“Se estima que existiendo antecedentes sobre una grave patología del encartado y un tratamiento paliativo fundado en el consumo de cannabis, asuntos que una indagatoria eficiente debió advertir desde los actos iniciales de investigación, el someter a instrucción a un individuo en dicho contexto parece completamente desproporcionado y alejado del principio de objetividad que rige la actuación del Ministerio Público conforme al artículo 3 de la ley 19.640, lo que es aún más grave si es que se tiene presente además que esta circunstancia fue alegada por la defensa al menos en la etapa de preparación del juicio oral, según se advierte de la lectura del auto de apertura correspondiente, todo lo cual a juicio de quien disiente permite configurar una hipótesis diametralmente opuesta de aquellas que pueden encuadrarse dentro de expresión ‘razones fundadas’ que emplea el referido artículo 48 del Código Procesal Penal”, indicó el tribunal.

FUTURAS ACCIONES CONJUNTAS
Los representantes de la fundación se comprometieron a entregar información inmediata y oportuna de los pacientes detenidos en el marco de la Ley de Drogas, con los antecedentes necesarios para realizar su defensa técnica.

Dentro del trabajo conjunto que los jefes de estudios metropolitanos concordaron se cuenta una posible capacitación conjunta para los defensores penales públicos, a cargo de los especialistas que colaboran con la Fundación Daya. También se acordó explorar la posibilidad de realizar una actividad académica externa conjunta.

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