Sala de Prensa

09/04/2020

El fallo se basa en normas de derecho internacional sobre género

Corte de Valparaíso acoge amparo en favor de interna con embarazo de alto riesgo

La tercera sala del tribunal decretó la suspensión del cumplimiento efectivo del saldo de la pena y su reemplazo por reclusión domiciliaria total.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional de Valparaíso.

Por unanimidad, la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de amparo interpuesto en favor de una interna que se encuentra en su vigésima semana de gestación, cuyo embarazo de tipo gemelar monocorial fue calificado de alto riesgo por el equipo médico.

La mujer cumplía una pena de cinco años y un día en el Centro de Detención Preventiva (CDP) de Quillota, tal como lo ordenó la sentencia dictada el 3 de enero de 2015 por el Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio.

En el recurso, el defensor penal público penitenciario Humberto Romero Fuentes solicitó que se interrumpiera la pena privativa de libertad que afectaba a la mujer, reemplazándola por reclusión domiciliaria total.

La Corte señaló que “lo apuntado determina que permanezca al grupo que la autoridad sanitaria califica como población de riesgo frente a la pandemia de coronavirus Covid-19, en tanto se encuentra embarazada, y dicho riesgo se ve aumentado en tanto su embarazo es igualmente calificado de riesgo”.

Basados en normas internacionales como la ‘Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer’ (Belem do Pará), las ‘Reglas de Bangkok’ y las ‘Reglas de Tokio’, los ministros de la Corte decretaron la suspensión del cumplimiento efectivo del saldo de pena que cumplía la amparada, sustituyendo dicha forma de sanción por la reclusión total domiciliaria.

FALLO CON ENFOQUE DE GÉNERO
El Defensor Regional de Valparaíso, Claudio Pérez García, destacó la importancia de este fallo. “Esta resolución es de suma relevancia para las internas en la actual situación sanitaria, porque a partir de normas internacionales de género reconoce que en este caso es un deber del Estado, y no sólo un acto compasivo, cambiar la modalidad de la pena”.

Agregó que “nuestra institución en el marco de la actual pandemia definió los grupos vulnerables prioritarios, con el fin de realizar peticiones y/o actuaciones procesales dirigidas a resguardar la salud de los representados”.

En este contexto, sostuvo que “para nosotros son de especial preocupación las madres de hijos lactantes y embarazadas, portadores de VIH, internos con enfermedades crónicas y adolescentes en internación provisoria con graves problemas de salud o inmunodepresivos”.

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