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15/04/2020
A través de video conferencia
Aysén: defensores públicos analizaron criterios del derecho internacional sobre acceso a salud para privados de libertad
En el ámbito de los derechos y garantías constitucionales de este grupo de población frente a la pandemia de Covid-19, revisaron también los alcances de la Ley N° 21.226 que establece un régimen jurídico de excepción para procesos judiciales por el impacto del Corinavirus en Chile.
Por Valeska Olavarría G.,
periodista Defensoría Regional de Aysén.
Buscando continuar con el programa de trabajo y el necesario diálogo y análisis jurídico de las diversas áreas de desempeño de la Defensoría Penal Pública, recientemente se llevó a cabo en Aysén la primera clínica jurídica por video conferencia, que convocó a defensores públicos de Coyhaique, Puerto Aysén, Cisnes, Chile Chico y Cochrane.
La actividad fue liderada por Cristian Cajas Silva, jefe de Estudios de la Defensoría Regional, quien abordó varios temas, entre los que destacó un análisis de la Ley N° 21.226, que establece un régimen jurídico de excepción para procesos judiciales por el impacto del Covid-19 en Chile.
Se trata de un tema relevante, pues la emergencia sanitaria ha obligado a las instituciones de justicia a funcionar de manera remota, disminuyendo al mínimo las audiencias y desarrollando las más urgentes a través de sistemas de video conferencia.
“En nuestra región seguimos la tendencia que se da en todo el país. Asistimos a las audiencias de control de detención y, eventualmente, a las programadas de causas urgentes, a través de métodos remotos, como video o fono conferencia”, explicó Cristian Cajas.
El abogado explicó, además, que también se realizan de manera remota todas aquellas audiencias de personas privadas de libertad. Sin embargo, se reprogramaron los juicios orales y aquellas audiencias que, por su naturaleza, pueden ser postergadas sin afectar los derechos de los imputados.
“Estamos funcionando con una lógica de emergencia, que es lo que debemos hacer frente a la pandemia que enfrentamos. Sin embargo, ello no puede ir menoscabo de una defensa de calidad, que permita el ejercicio de los derechos y garantías de las personas”, señaló.
DERECHO A LA SALUD
A partir de información elaborada por el jefe de la Unidad de Derechos Humanos de la Defensoría Nacional, Tomás Pascual, otro de los temas analizados se refirió a las consideraciones del derecho internacional de los derechos humanos sobre el acceso a la salud de las personas privadas de libertad en contexto de pandemia,
Se trata de un tema de gran relevancia, pues distintos órganos internacionales de protección de los derechos humanos han señalado que la salud es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio adecuado de los demás derechos humanos, lo que refuerza la obligación de los Estados de adoptar medidas para prevenir los riesgos de afectación a la salud pública y brindar atención médica a quienes la necesitan.
El jefe regional de Estudios explicó también que las normas internacionales de derechos humanos reconocen que, en el contexto de serias amenazas a la salud pública y de emergencias públicas que pongan en peligro la vida de una nación, las restricciones a algunos derechos pueden justificarse, siempre y cuando tengan una base legal, sean estrictamente necesarias según evidencias científicas y no sean arbitrarias ni discriminatorias en su aplicación, sean de duración limitada, respeten la dignidad humana, estén sujetas a revisión y sean proporcionales.
“En este punto podemos identificar con claridad la situación de los privados de libertad, quienes hoy pueblan las cárceles del país y la región en condiciones que no permiten asegurar su acceso a la salud”, dijo Cajas.
Agregó que por esa razón la Defensoría Regional hs interpuesto diversas solicitudes antes los tribunales de garantía "para revisar la prisión preventiva de imputados adultos y adolescentes que están privados de libertad a la espera de ser juzgados y, cuando ha sido necesario, hemos interpuesto recursos ante los tribunales superiores de justicia”, concluyó.
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