Sala de Prensa

29/05/2020

Ministros de la Segunda Sala del tribunal

Corte Suprema acoge recurso de defensora pública de Melipilla y ordena nuevo juicio oral por microtráfico

En el fallo, el máximo tribunal acoge el recurso interpuesto por la defensora pública Mylene Muñoz y ordena la realización de un nuevo juicio oral, en el que deberán excluirse las pruebas y elementos obtenidos con vulneración de derechos.Según los magistrados, “ los carabineros a cargo del procedimiento ejecutaron una incautación de evidencia al margen de la ley".

Por Gustavo López Valeria,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de nulidad presentado por la defensora penal pública de Melipilla, Mylene Muñoz, por una causa de tráfico ilícito de droga en pequeñas cantidades en que su representado fue condenado como autor del ilícito.

La presentación de la defensora pública se basó en la vulneración de garantías y derechos del imputado, pues su detención se produjo tras una llamada anónima, en que se denunció a una persona que vendía droga en una ubicación determinada, lo que no habría sido constatado por la policía. Según las declaraciones vertidas en el juicio oral, los carabineros sólo dieron cuenta de la presencia de una persona sin actitud sospechosa, pese a lo cual igual le realizaron un control de identidad y posteriormente ingresaron al domicilio del detenido, Francisco C.B.

En el juicio oral -que se llevó a cabo en el Tribunal Oral en Lo Penal de Melipilla- se condenó al  imputado por el delito de tráfico en pequeñas cantidades, tras lo cual la defensora pública Mylene Muñoz decidió recurrir a la Corte Suprema.

En su fallo, la Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos- acogió el recurso interpuesto por la abogada y ordenó la realización de un nuevo juicio oral, en el que deberán excluirse las pruebas y elementos obtenidos con vulneración de derechos. A juicio de los magistrados, “los carabineros a cargo del procedimiento ejecutaron una incautación de evidencia al margen de la ley".

EXTRACTOS DE LA SENTENCIA
En la presentación realizada por Mylene Muñoz y posteriormente reafirmada en los alegatos ante la Corte Suprema por el defensor penal público Mauricio Riveaud, se estableció que del relato de las policías no era posible considerar una situación de flagrancia, pues el imputado no estaba visiblemente cometiendo un delito, ni había certeza de si éste acababa de cometerse. Muñoz y Riveaud señalaron que "la legislación establece que para que la policía pueda ingresar a un inmueble deben existir llamadas de auxilio o signos evidentes de estarse cometiendo un delito, cual no es el caso".

Ambos defensores penales públicos indicaron que, en estas circunstancias, la policía procedió a registrar el domicilio del imputado, sin contar con la necesaria autorización, incautando evidencia  al margen de la ley, lo que constituye prueba ilícita.

Según el fallo de los ministros, "cuando se procedió al ingreso y registro del inmueble en una forma no autorizada por la ley, la evidencia que se incautó constituye prueba ilícita, misma calidad que tiene, producto de la contaminación, toda la evidencia que de ella deriva, esto es, no sólo la droga encontrada, sino que también las declaraciones de los funcionarios policiales sobre esa circunstancia, las fotografías, los peritajes químicos o de prueba de campo y demás documentos y testimonios que hayan derivado de ese primitivo hallazgo".

Agrega que, del mismo modo, cuando los jueces valoraron esta prueba en el juicio oral y en su sentencia posterior, "se incurrió en la materialización de la infracción a las garantías constitucionales del imputado, que aseguran su derecho a la inviolabilidad de su hogar, a un debido proceso y a que la sentencia que se pronuncie por el tribunal sea el resultado de una investigación y un procedimiento racionales y justos".

La resolución debe ser notificada al Trinunal Oral en lo Penal de Melipilla, que ahora deberá fijar fecha para la realización del nuevo juicio oral.

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