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26/10/2020

A la actividad se conectó gente de todas las comunas del país

Charla a Fundación de las Familias se centró en el rol de la Defensoría, el "Proyecto Inocentes" y los derechos ciudadanos en pandemia

En la actividad con esta entidad, dependiente de la Primera Dama, Cecilia Morel, el abogado Cristian Martin, de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN) explicó los derechos de las persona ante restricciones como la cuarentena, el toque de queda y los cordones sanitarios.

Los derechos de los ciudadanos en contexto de pandemia se han tornado una interrogante frecuente para el común de la gente, de acuerdo con las consultas que la Fundación de las Familias ha recogido en habitantes de distintas comunas de Santiago y regiones. 


Por esa razón esta entidad, dependiente de la Primera Dama, Cecilia Morel, organizó junto a la Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN) una charla para explicar cómo funciona el sistema penal y cuáles son los derechos que tienen las personas cuando son sorprendidas vulnerando algunas de las múltiples restricciones que imponen el toque de queda, la cuarentena y los cordones sanitarios.

A la charla se conectaron vecinos de distintas comunas de Santiago y de regiones a través de Facebook Live, contexto en que los expositores de la DRMN respondieron consultas de Constanza López y Claudia Segovia, ambas representantes de la fundación.

El abogado Cristian Martin, de la Unidad de Estudios de la DRMN, explicó que la actual emergencia sanitaria incluye medidas com la cuarentena, el toque de queda o los cordones sanitarios, que permiten que Carabineros pueda controlar a cualquier persona para comprobar que tenga los permisos o salvoconductos que le permiten circular por el espacio público a pesar de estas restricciones. Agregó que si la persona no cuenta con las autorizaciones, puede ser detenida.

DEBATE POR ARTÍCULO 318
Martin explicó también que hoy existe un intenso debate jurídico relativo a la entidad de la infracción contenida en el artículo 318 del Código Penal, que establece los delitos contra la salud pública.

Advirtió que la Defensoría Penal Pública ha cuestionado en tribunales que se esté imputando un delito a las personas sorprendidas infringiendo la cuarentena, el toque de queda o los cordones sanitarios, ya que a su juicio eso constituye sólo una falta que se puede sancionar con una multa, pero no con una pena privativa de libertad. 

Agregó que si la Fiscalía no puede acreditar con un examen que la persona sorprendida infringiendo la cuarentena está contagiada, no se cumple lo dispuesto en el art. 318, ya que la persona no está poniendo en riesgo la salud pública.

Otro aspecto cuestionado por la defensa pública -agregó- es el hecho de que la Fiscalía esté utilizando el procedimiento monitorio para condenar a los infractores. Aclaró que éste está pensado para faltas leves y no permite la intervención de la defensa, porque el juez resuelve sólo con los antecedentes que le presenta el fiscal.

Por lo mismo, explicó que la Defensoría ha presentado decenas de recursos contra las multas notificadas a las personas, las que con frecuencia resultan ser muy elevadas para quienes cuentan con escasos recursos.

"PROYECTO INOCENTES"
Previo a esta exposición y para ofrecer a los asistentes un marco sobre el escenario en que opera el debate sobre las infracciones a delitos contra la salud pública, el encargado de Comunicaciones de la DRMN, José Ignacio Aguirre, hizo una introducción acerca del funcionamiento de la reforma procesal penal y las tareas que desarrolla diariamente la Defensoría.

Aguirre expuso también acerca del "Proyecto Inocentes", que a través del sitio web www.proyectoinocentes.cl reivindica a personas injustamente imputadas por delitos que no cometieron.  

 

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