Sala de Prensa

15/11/2020

En el Centro de Internación Provisoria (CIP) de Chol Chol, en La Araucanía

Defensor público y trabajador social dialogaron con jóvenes infractores de ley

Irving Rodríguez y Francisco Marileo conversaron con los adolescentes, informándoles sobre sus respectivas causas y los derechos que les asisten en esta etapa del proceso penal.

Por Claudia Riquelme Soto,
Defensoría Regional de La Araucanía.

En la sala de clases del Centro de Internación Provisoria y de Régimen Cerrado (CIP-CRC) de Chol Chol, dependiente del Sename, se conectaron vía onl-ine los cuatro jóvenes que actualmente cumplen alli la medida cautelar de internación provisoria, para conversar con los profesionales de la Unidad de Defensa Penal Juvenil de la zona de Malleco, dependientes de la Defensoría Regional de La Araucanía.

El defensor público especializado Irving Rodríguez y el trabajador social Francisco Marileo informaron a los jóvenes respecto de sus causas, las etapas del proceso penal que están enfrentando y, sobre todo, los derechos que los asisten, aún cuando se encuentren cumpliendo la medida cautelar más gravosa.

En este sentido, Rodríguez les explicó que "lo primero es señalarles que todas las medidas cautelares son en esencia temporales y durarán mientras se justifique su necesidad. Deben ser indispensables, por lo tanto, cada cierto tiempo los defensores públicos estamos revisando las medidas cautelares, siempre y cuando tengamos nuevos antecedentes que presentarle al tribunal para que modifique esa medida cautelar".

DERECHOS DE LOS ADOLESCENTES
Los profesionales de la Defensoría se concentraron en entregar información breve, para captar la atención de los jóvenes. En ese contexto se refirieron a sus derechos y al trabajo interdisciplinario con sus familias y redes de atención.

"El primer derecho de los jóvenes investigados por un delito es ser tratados como inocentes. Es decir, para todos los efectos la ley presume que ustedes son inocentes hasta que se demuestra lo contrario. Lo mismo ocurre con el derecho a guardar silencio. Nadie los puede obligar a declarar, en ninguna de las etapas del procedimiento, pero también se deben dar todas las facilidades si ustedes desean hacerlo. Es deber del Estado -a través de la Fiscalía o los tribunales, adoptar los medios para que ustedes puedan contar su versión de los hechos, siempre ante la presencia de su abogado defensor" explicó Rodríguez.

Tras conversar de cada uno sobre los derechos que tienen los jóvenes privados de libertad, el defensor penal juvenil les habló de sus posibles sanciones. "No porque ustedes estén en internación provisoria su sanción va a ser de régimen cerrado o semi cerrado. Puede cumplirse a través de otra modalidad y habrá que verlo caso a caso", finalizó.

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