Sala de Prensa

09/03/2021

El hecho motivó un recurso de la Defensoría Penal Pública

Corte Suprema declaró ilegal detención en cuarentena de dos personas en situación de calle

El máximo tribunal señaló también que Carabineros debió haber adoptado el protocolo correspondiente para las personas en esta condición. Uno de los afectados había sido detenido 14 veces por la misma razón.

Por Jorge Mansilla Macías,
Defensoría Regional de Los Lagos.

La Corte Suprema acogió por unanimidad un recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública y declaró ilegal la detención de dos personas en situación de calle que fueron imputadas por infracción sanitaria en el contexto de la pandemia.

Ambos hechos ocurrieron respectivamente el 26 y 27 de enero pasado en Puerto Montt, luego de que Carabineros detuviera a dos hombres que fueron imputados por circular sin el permiso sanitario correspondiente, mientras la ciudad se encontraba en cuarentena, pese a que ambos pernoctan en la vía pública y a que uno de ellos había sido detenido 14 veces por la misma razón.

Tras la acción judicial de la defensa pública, el máximo tribunal del país resolvió revocar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y declaró la ilegalidad de la detención de Juan Carlos Fica y Edgar Acuña.

Según el fallo de la Sala Penal, las actuaciones de Carabineros en ambos casos constituyeron una vulneración a la libertad personal y seguridad individual de los imputados, puesto que se les detuvo en lugar de brindarles protección, de acuerdo con las instrucciones del “Protocolo para el resguardo de las personas en situación de calle en estado de excepción constitucional de catástrofe”, emitido por el Ministerio de Desarrollo Social en marzo del año pasado, el que precisamente está destinado al personal policial y de las fuerzas armadas. 

DIGNIDAD Y PROTOCOLOS
Humberto Ramírez, abogado de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Los Lagos, explicó que “se trata de un fallo que devuelve la dignidad en sus derechos humanos a dos personas que viven en la calle y que fueron detenidas, paradójicamente, por estar en la calle durante la cuarentena. Estos son casos que muchas veces pasan inadvertidos, pero que no por eso son menos graves, sobre todo si Carabineros no aplicó el protocolo de ayuda correspondiente, como lo ha confirmado la Corte Suprema"

Ramírez destacó el trabajo en equipo, que permitió que los defensores públicos encargados de cada una de estas causas -Rigoberto Marín y Camilo Jiménez- informaran sobre esta situación y que la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional alegara esta acción ante el máximo tribunal de justicia del país.

Finalmente, el fallo de la Corte indicó que Carabineros de Chile de Puerto Montt “debe adecuar sus actuaciones” a lo establecido en el protocolo mencionado y que los funcionarios policiales deben abstenerse de detener a estas dos personas, como había ocurrido antes, por el solo hecho de permanecer en la calle debido a su situación de indigencia.

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