Sala de Prensa

26/04/2021

En el Hospital Regional "Doctor Juan Noé", de Arica

Defensa pública logró amparo en caso de interno con ventilación mecánica que estaba engrillado

El jefe regional de Estudios de la Defensoría, Francisco Concha, presentó por segunda vez el recurso y esta vez obtuvo un resultado favorable de los magistrados.

Por Varlenka Olivares Fuentes,
periodista Defensoría Regional de Arica y Parinacota. 

“No logramos entender cómo es posible que una persona que está grave, sedada constantemente e intubada, tenga que permanecer engrillada a su cama. Esto es una vulneración clara de sus derechos y como defensa no podíamos quedarnos sin hacer nada”.

Con estas palabras, el jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Arica y Parinacota, Francisco Concha, se refirió al reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Arica, que ordenó a Gendarmería cesar con la medida y quitar los grilletes a un interno que se encontraba intubado en el Hospital Regional "Doctor Juan Noé".

Esta es la segunda vez que la defensa pública presenta un recurso de este tipo, aunque en esta oportunidad se agregaron informes emanados desde el mismo hospital, lo que permitió demostrar que la situación efectivamente existía y que una persona médicamente grave, en intubación y sedación continua, estaba engrillado a su cama, aún cuando era imposible que existiera peligro de fuga.

Los alegatos del caso se realizaron el pasado jueves 22, contexto en que los ministros Pablo Zavala Fernández, Mauricio Silva Pizarro y José Delgado Ahumada determinaron acoger el amparo interpuesto por la Defensoría Penal Pública.

Según la sentencia dada a conocer en medios de comunicación, los magistrados señalaron “que, tanto del recurso como de los informes evacuados, se aprecia que el amparado actualmente se encuentra internado en el Hospital Regional de esta ciudad, por contagio de Covid-19 en estado estable dentro de su gravedad, y que hasta el 16 de abril pasado estuvo conectado a ventilación mecánica, manteniéndose bajo la custodia permanente de funcionarios de Gendarmería de Chile”.

DERECHOS HUMANOS
“Este fallo es importante para nosotros, porque demuestra que los derechos humanos de las personas siguen existiendo aunque se esté cumpliendo con una pena, que el único derecho afectado para alguien que cumple condena en un recinto penal es el de la libertad, más no el derecho a la salud o a un trato digno. Los magistrados hoy acogieron y dispusieron el cese del uso del grillete”, señaló Concha.

El jefe de Estudios agregó que la Defensoría Regional monitorea constantemente la situación que afecta a sus representados, tanto dentro del complejo penitenciario de Arica como en el hospital. "La Defensoría es garante de los derechos de sus representados y como tal, en esta pandemia no ha detenido sus esfuerzos para el resguardo de los mismos", agregó el directivo. 

EL FALLO
La decisión de los magistrados indica que “del mérito de la evidencia audiovisual acompañada por el recurrente se advierte que el hecho denunciado, consistente en la colocación de grilletes en los pies del amparado mientras estuvo conectado a ventilación mecánica, efectivamente ocurrió”.

Agrega que "la medida coercitiva en comento se contradice absolutamente con las instrucciones impartidas por el Director Regional (S) de Gendarmería de Chile mediante la Providencia N°15.00.00.559/21, de 8 de abril de 2021, en el sentido de reiterar la instrucción de cese de medidas de coerción en personas privadas de libertad que se encuentran hospitalizadas en el sector UCI del Hospital Regional, en condición grave y conectadas a ventilación mecánica”.

Por todo lo anterior, los ministros de la Corte decidieron que "se acoge el recurso de amparo deducido por Francisco Concha García, en favor de C. M. V, en contra del Director Regional de Gendarmería de Chile. En consecuencia, se ordena al servicio recurrido disponer que la custodia del amparado y las medidas de seguridad que se adopten por Gendarmería durante su permanencia en el recinto asistencial de salud se efectúen prescindiendo del empleo de grilletes y elementos similares que estén siendo utilizados por Gendarmería de Chile, sin adecuación estricta a las Reglas de Mandela, evitando todo trato cruel, inhumano y degradante”.

 

 

 

 

 

 


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