Sala de Prensa

19/07/2021

En Los Lagos:

Defensa pública logró sobreseimiento de 22 imputados por infracción sanitaria

Defensor público Rigoberto Marín confirmó que la competencia para sancionar este tipo de infracciones es de la autoridad sanitaria y no del sistema de justicia penal.

Por Jorge Mansilla Macías,
Defensoría Regional de Los Lagos.

Tras la negativa del Juzgado de Garantía de Puerto Montt de dejar sin efecto los cargos, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó el sobreseimiento de 22 personas que habían sido imputadas por delitos sanitarios del art. 318 del Código Penal.

Según el defensor público Rigoberto Marín, los imputados e imputadas registraban domicilio en Puerto Montt y Puerto Varas, y todos fueron fiscalizados por Carabineros tras ser sorprendidos en el sector de la playa Piedra Azul, situada dentro de la comuna de Puerto Montt, pero en plena Carretera Austral, sin portar mascarilla ni autorización que los habilitara para estar en ese lugar en contexto de restricciones sanitarias.

Tras la detención, ocurrida a mediados de marzo de este año, la Fiscalía determinó aplicar un procedimiento simplificado a todas las personas fiscalizadas. La defensa pública se opuso, solicitando el sobreseimiento definitivo de todos los fiscalizados, petición que fue denegada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

CORTE ACOGE APELACIÓN
Sin embargo, tras la apelación presentada por el defensor penal público, el máximo tribunal regional revirtió la resolución y sostuvo que, “sin perjuicio de la cantidad de personas, la Corte mantiene sus lineamientos, en cuanto a que la sola circulación en la vía pública, sin permiso ni autorización, no puede ser sancionada como un delito del artículo 318, sino, a lo más, una infracción de carácter sanitario”.

La Corte señaló también que “la mera infracción de las normas dictadas por la autoridad administrativa no basta para estimar la configuración del tipo penal”.

Marín confirmó que, efectivamente, la competencia para sancionar este tipo de infracciones es de la autoridad sanitaria y no del sistema de justicia penal.

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