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13/12/2021

En taller a cargo de Sandra Haro Colomé, abogada del Departamento de Estudios de la Defensoría Nacional

Equipo de defensa de Aysén se capacitó en enfoque de géneros para representar a personas de la comunidad LGBTIQ+

La actividad se desarrolló en el contexto de una clínica jurídica a la que se convocó a defensores y defensoras públicas de la región, junto a otros profesionales del área social.

Por Valeska Olavarría Gallardo,
periodista Defensoría Regional de Aysén.

“Alarma la situación de violencia en nuestro país, y en toda Latinoamérica, en contra de las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas o no normativas, o cuyos cuerpos varían del estándar corporal femenino y masculino (…) Ante el prejuicio y discriminación estructurales que estas personas sufren en nuestro país y región, como Defensoría Penal Pública entendemos que es imperativo ampliar la capacitación de nuestros equipos de defensa en esta área”.

Con estas palabras, el Defensor Regional de Aysén, Jorge Moraga, se refirió a una capacitación sobre enfoque de géneros para la defensa de personas de la comunidad LGTBIQ+, que convocó recientemente al equipo de defensa pública de esta región austral.

La actividad fue organizada por la unidad regional de Estudios de la Defensoría, encabezada por el abogado Cristian Cajas, y se desarrolló en modalidad on-lineSandra Haro, abogada del Departamento de Estudios y Proyectos (DEP) de la Defensoría Nacional, máster en derecho penal y Defensora Pública Interamericana (DPI) fue la encargada de capacitar al equipo de Aysén.

PRINCIPIOS DE YOGYAKARTA
Para contextualizar los derechos y garantías que asisten a las personas de la comunidad LGTBIQ+, Sandra Haro se refirió a los llamados 'Principios de Yogyakarta', que básicamente orientan la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género de las personas.

Según explicó Sandra Haro, estos criterios, acordados en 2006, “se ocupan de una amplia gama de normas de derechos hmanos y de su aplicación a las cuestiones relativas a la orientación sexual y la identidad de género (…) Afirman la obligación primordial que cabe a los Estados en su desarrollo y aplicación. Cada principio se acompaña de recomendaciones detalladas dirigidas a los Estados”, explicó.

Haro agregó que entre estos principios destacan el derecho al disfrute universal de los derechos humanos, a la igualdad y a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la seguridad personal, a la privacidad, a no ser detenido arbitrariamente, a un juicio justo, a ser tratado humanamente estando privado de libertad y a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Tanto la abogada del DEP como el jefe regional de Estudios analizaron la resolución N° 5.716, emitida por Gendarmería de Chile en 2020, que aprobó ciertas disposiciones sobre el respeto y garantía de la identidad y la expresión de género de las personas trans privadas de libertad en los establecimientos penitenciarios y que son aplicables tanto en el subsistema cerrado como en el semi-abierto a personas condenadas e imputadas, a adolescentes y adultos y a personas trans que visiten centros penitenciarios.

LUGARES DE RECLUSIÓN
Uno de los temas analizados en profundidad se refirió a los lugares de reclusión, ya que la resolución señalada indica que “las personas trans sujetas a prisión preventiva o condenadas al cumplimiento efectivo de una pena privativa de libertad serán ingresadas o trasladadas a los establecimientos penitenciarios que correspondan a su identidad de género y cuenten con dependencias o módulos habilitados para personas transgénero, con el objeto de mantener un adecuado nivel de seguridad y garantizar su integridad personal, como del resto de la población penal (…) No obstante lo anterior, el/la recluso/a trans podrá solicitar permanecer en un establecimiento penitenciario que no corresponda a su identidad de género. En este caso, se dejará constancia por escrito de su voluntad en un acta de consentimiento informado y será segmentado/a de acuerdo con los criterios especificados”.

Cristian Cajas aclaró que la realidad regional preocupa, en tanto las unidades penales de la zona no cuentan con unidades especiales para recibir a personas de la comunidad LGTBIQ+ que cumplan privación de libertad.

“Si bien existe la disposición de Gendarmería para generar espacios, se ve complejo, sobre todo en la cárcel de Coyhaique, en la que no existe espacio disponible (…) Es por ello que como defensores penales públicos debemos estar alertas para que los derechos de este grupo también sean respetados”, concluyó.

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