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20/12/2021

En una causa de Quilpué

Corte de Valparaíso rechazó recurso de nulidad del Ministerio Público porque prueba fue insuficiente para acreditar microtráfico

Los jueces estimaron que, en las condiciones en que fue encontrada la marihuana, estaba destinada al consumo personal y próximo en el tiempo.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional Valparaíso.

En un fallo de seis páginas, la cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad que interpuso el Ministerio Público contra una sentencia del Tribunal Oral de Viña del Mar, tras concluir que la prueba aportada por la Fiscalía fue insuficiente para acreditar el delito de microtráfico.

En su escrito, el ente persecutor sostuvo que hubo falta de fundamentación y vulneración de las máximas de la experiencia en el fallo de primera instancia.

MARIHUANA A GRANEL
En la formalización el persecutor afirmó que a las 16:35 horas del 4 de agosto de 2019, en Quilpué, Carabineros se percató que el imputado mantenía en su camioneta una bolsa con marihuana a granel (96,3 gramos) y 2 cigarrillos artesanales de la misma sustancia (0,9 gramos), los que al ser sometidos a la prueba de campo arrojaron coloración positiva para la presencia de cannabis sativa.

El Ministerio Público calificó los hechos como constitutivos del delito tráfico ilícito de drogas y estupefacientes en pequeñas cantidades, sancionado en los artículos 1 y 4 de la Ley N° 20.000.

En su acción de nulidad, la Fiscalía  sostuvo que la cantidad encontrada al acusado no pudo estar destinada al consumo personal y próximo en el tiempo, porque significaría estar frente a un consumidor crónico incapaz de relacionarse y realizar tareas complejas, como manejar un vehículo, condición que no fue acredita en el juicio.

Agregó que tal cantidad permite obtener 214 dosis de 0,45 gramos cada una -peso que tenían los dos cigarrillos-, permitiendo un uso por varios años, lo que descartaría el consumo próximo, lo cual vulnera las máximas de la experiencia respecto del consumo que resulta posible para una persona sin que, como consecuencia de ello, no evidencie una adicción patológica, lo que demostraría que la droga estaba destinada a su comercialización.

En opinión de la Fiscalía, el fallo fue infundado en este aspecto, porque  carecía de un razonamiento aritmético referido al número de dosis que era posible obtener de la marihuana, sin acreditarse adicionalmente que estuviese destinada al consumo próximo y personal en el tiempo.

PRUEBA INSUFICIENTE
Al rechazar el recurso, la Corte señaló que la sentencia impugnada refirió que la prueba aportada por la Fiscalía fue insuficiente para acreditar el microtráfico, considerando el peso de la marihuana a granel, el hecho de que sólo se encontró en poder del implicado 22 mil pesos en efectivo y que los testigos carabineros manifestaron que tras el registro, no había pesas en sus vestimentas ni en la camioneta.

Añadió que la persona detenida no era investigada por delitos de drogas y que antes del control vehicular no lo vieron vender ni recuerdan haber hallado papel cuadriculado, de lo contrario habrían sacado fotos y adjuntado el set, y que sólo se encontró la droga en su poder.

Todo ello sumado a que el acusado sólo manejaba la camioneta con un cigarrillo artesanal a medio consumir mientras  hablaba por celular sin manos libres, lo que precisamente motivó el control. Agregó que en todo sentido, las versiones de los aprehensores fueron coincidentes con la del implicado

CONSUMO PERSONAL
A juicio de los ministros de la cuarta sala, no existió vulneración a las máximas de la experiencia, pues el conocimiento adquirido por los jueces les permitió concluir que, en las condiciones en que fue encontrada la marihuana, estaba destinada al consumo personal y próximo en el tiempo.

Al comentar este resultado, el Defensor Regional, Claudio Pérez García, señaló que en este fallo unánime de la Corte quedó en evidencia que “no se añadió en el juicio indicio alguno para sostener seriamente un actividad comercializadora o un destino distinto en torno a la cantidad de droga, por mucho que de ella pueda obtenerse un elevado número de cigarrillos, producto de un razonamiento aritmético”.

 

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