Sala de Prensa

29/03/2022

El beneficiado cumplía ejemplarmente con libertad vigilada intensiva cuando sufrió las graves lesiones

Defensor público logró término anticipado de condena que afectaba a paciente parapléjico

“La magistrada no se limitó a lo que expresa el texto legal, sino que tomó en consideración elementos humanitarios y de finalidad de las penas”, destacó el abogado Ricardo Rivera.

Por Héctor Mérida C.,
Defensoría Regional de Tarapacá.

El Tribunal de Garantía de Iquique accedió a poner fin anticipado a la pena de tres años y un día contra una persona que cumplía condena y que quedó parapléjica tras sufrir una agresión que le causó lesiones graves en su columna vertebral.

Los argumentos para tal decisión fueron presentados por el defensor penal público Ricardo Rivera, ante la dramática situación de un hombre de 31 años, quien permanece completamente postrado y es totalmente dependiente de la asistencia de sus familiares en todo momento.

La medida fue adoptada por la magistrada Verónica Opazo, luego de escuchar los planteamientos del defensor público y revisar los peritajes médico-legal, sicológico y social, que detallan la dramática situación del afectado, quien cumplía libertad vigilada intensiva bajo la supervisión del Centro de Rehabilitación Social (CRS) de Gendarmería.

El beneficiado es M.B.U., de oficio barbero y padre de familia, quien estaba sentenciado por infracción a la Ley de Drogas, en cuyo contexto cumplió las condiciones para acceder a cumplir la pena en libertad, bajo un régimen distinto.

“Claramente nos encontramos frente a la hipótesis establecida en los presupuestos del artículo 16, inciso final, de la Ley N° 18.216, situaciones que aconsejan, en este caso, más que la reducción del plazo, el término anticipado de la pena”, expresó la jueza al fundamentar su decisión. También destacó que el beneficiado cumplió de manera satisfactoria, durante más de dos años, las condiciones de su condena.

RESOLUCIÓN ACERTADA
El defensor penal público expuso, en tanto, que "la resolución de la magistrada es acertada, pues no se limita a lo que expresa el texto legal, sino que toma en consideración elementos humanitarios y de finalidad de las penas, lo que en este caso era del todo adecuado, dada la imposibilidad de mi representado de seguir cumpliendo su sanción”.

Ricardo Rivera destacó, además, que “para arribar a este resultado fue fundamental que él cumpliera ejemplarmente su sanción durante la etapa previa, lo que fue valorado positivamente por el tribunal. A su vez, fueron muy importantes las pericias que pudimos presentar”, señaló.

El abogado detalló que tales informes permitieron concluir que la situación del usuario es crítica y hace imposible que cumpla con el plan de intervención propuesto por el CRS.

M.B.U. vive en un campamento de Alto Hospicio y ejercía como barbero en Iquique cuando se involucró en el delito de tráfico de drogas por el que fue condenado. Hace siete meses, ya en el periodo de su libertad vigilada y en un incidente ajeno a él, fue herido en una vértebra por una bala perdida, hecho que le causó la paraplejia que lo mantiene completamente dependiente del auxilio diario de sus familiares.

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