Sala de Prensa

25/04/2022

Columna de opinión:

Libertad condicional y reinserción social

El siguiente artículo, redactado por el Defensor Regional de Atacama, Raúl Palma Olivares, fue publicado en el 'Diario Atacama'.

Por Raúl Palma Olivares,
Defensor Regional de Atacama.

Hace unos días, un conocido conductor de radio regional me preguntó si era posible la reinserción social. Esto, en el contexto de una conversación que sostuvimos en su programa sobre los adversos resultados de las solicitudes de libertad condicional en el país y en particular en la región. Mi respuesta fue inmediata: por cierto, es posible, y agregué, además, que es valiosa para toda la comunidad.   

Todos los estudios efectuados en Chile y en el extranjero demuestran que las tasas de reincidencia de las personas que cumplen condena en el medio libre son notablemente inferiores a las de quienes están condenados a penas en medio cerrado. Y esto por varias razones, pero entre las más relevantes están que la prisión derechamente desintegra los lazos sociales y comunitarios, precariza aún más los niveles económicos y culturales de las personas privadas de libertad y, además, la intervención intrapenitenciaria en reinserción en Chile es mínima.

En este contexto, la libertad condicional es un beneficio, de acuerdo con la última modificación legal, pero con requisitos objetivos: tiempo de condena cumplido, conducta intachable e informe psicosocial sobre factores de riesgo de reincidencia, de manera que las personas que son postuladas ya han pasado un tamiz, que permite optar a esta salida progresiva del encierro carcelario que, en el caso de Atacama es, además, sinónimo de hacinamiento y condiciones de habitabilidad paupérrimas.

Al otorgar la libertad condicional, lo que en definitiva se hace es darle un sentido pro persona a la dureza esencial de la condena penal en la cárcel, es decir reconocer que esa persona ha mejorado y ha logrado salir adelante a pesar de lo lacerante de la cárcel material, es decir de la cárcel de verdad, no la de los códigos y leyes, pudiendo optar a reintegrarse a sus comunidades, a su núcleo familiar y al mundo del trabajo. Tener otra oportunidad.   

Con el nivel de rechazo inédito que hemos visto este mes a las solicitudes de libertad condicional, cabe peguntarse legítimamente si el sistema de justicia penal realmente está interesado en la reintegración de las personas y en evitar la reincidencia, cuestión esencial para la legitimación de la justicia por la ciudadanía. Creo que sí. De lo contrario, sólo resta el castigo puro y duro.   

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