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20/06/2022
Columna de opinión
Defensa penal y acceso a la justicia del colectivo LGTBIQ+
El siguiente artículo, redactado por el Defensor Regional de Atacama, Raúl Palma Olivares, fue publicado hoy en el diario "Atacama".
Por Raúl Palma Olivares,
Defensor Regional de Atacama.
La Defensoría Penal Pública tiene por misión la defensa penal de toda persona que carezca de abogado, velando por la dignidad y los derechos humanos de nuestros representados y garantizando el acceso a la justicia de aquellos en situación de especial vulnerabilidad.
En este contexto, ha sido necesario diseñar modelos de defensa especializada que asuman las particularidades de las personas que defendemos y que han sido objeto inveterado de sesgos culturales negativos en su relación con la norma legal y el sistema de justicia, de forma tal de robustecer la igualdad material ante la ley, la no discriminación y el acceso a la justicia de forma oportuna.
En ese sentido axiológico se inscribe la defensa legal de personas pertenecientes al colectivo LGTBIQ+, cuyo modelo estamos ad portas de dar a conocer.
Como parte de un modelo jurídico establecido, que obedece a una estructura social dominante, el sistema de justicia penal puede reproducir, en su ámbito de acción, patrones de actuación que contienen sesgos que es necesario corregir adecuadamente, para no incurrir en actos discriminatorios, dada -además- la particular capacidad que tiene la justicia penal de infligir castigos y disponer mecanismos de criminalización.
Así, los operadores deben ser capaces de inhibir la perpetuación de conductas discriminatorias que, en definitiva, se traducirán en violencia institucional contra colectivos en situación de vulneración como en este caso.
Es sumamente relevante que los operadores del sistema se capaciten en estudios de género, disidencias sexuales y diversidad sexo-genérica, como una forma de abordar en serio los derechos de personas que han sufrido diversos tipos de violencia y que pueden ser usuarios del sistema. Sobre todo, es importante el uso adecuado del lenguaje que, como sabemos, es performativo sobre todo en esta temática.
Un gran soporte teórico y proteccional es el derecho internacional de los derechos humanos, que ha producido desde hace tiempo un importante corpus aplicable en el ámbito de acceso a la justicia y no discriminación de personas LGTBIQ+ y que en el caso del sistema interamericano, a partir del fallo Atala vs. Chile de la Corte IDH en 2012, hasta el fallo Vicky Hernández vs. Honduras en 2021 y ad portas de conocer la Opinión Consultiva de la Corte sobre enfoques diferenciados de personas privadas de libertad, ha construido un camino jurisprudencial sólido, que es norma vigente en Chile y que es una herramienta útil para una defensa respetuosa de la diferencia y los derechos humanos.
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