Sala de Prensa

12/12/2023

Columna de opinión:

Personas privadas de libertad y derechos humanos

El siguiente artículo, escrito por el Defensor Nacional, Carlos Mora Jano, fue publicado hoy por el vespertino La Segunda.

Por Carlos Mora Jano,
Defensor Nacional.

A propósito de la situación de las personas que están privadas de libertad y sin perjuicio de los delitos imputados, la Defensoría Penal Pública cumple con el rol de hacer efectivo el derecho a defensa que le asiste a toda persona que enfrenta al sistema penal, sobre todo de aquellas que lo hacen en mayores condiciones de vulnerabilidad, desamparo o desigualdad.

El derecho a la defensa se encuentra consagrado tanto en la Constitución como en la ley y en los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentran vigentes. El contenido y alcance de este derecho, que el Estado se compromete a garantizar, comprende no sólo el acceso a un(a) abogado(a) que represente técnicamente los intereses de un imputado(a) en el proceso en su contra, sino también -entre otras- la garantía de un proceso equitativo, en que la persona inculpada conozca los cargos que se le imputan y pueda solicitar y presentar toda la prueba pertinente para desacreditar la acusación que se ha formulado en su contra.  Sin esa garantía, la justicia pierde equilibrio y el estado de derecho se desdibuja.

Asimismo, la defensa penal de las personas sentenciadas privadas de libertad, durante la ejecución de su condena, promueve el debido respeto de los derechos y posibilita el acceso a la justicia de quienes sufran vulneraciones de garantías ilegales o arbitrarias durante el cumplimiento de la pena.

Porque el privado de libertad difícilmente logra asumir que es sujeto de derechos y que la vulneración de éstos, necesariamente, debe ser reparada a través de una determinada acción estatal, que puede requerir la jurisdicción a través de su defensa.

Este rol de defensa en caso alguno obstaculiza el pleno ejercicio de las funciones de los órganos del Estado encargados de la persecución del delito y del ejercicio de la jurisdicción, sino que, por el contrario, promueve el respeto del debido proceso y la igualdad ante la ley en la substanciación del proceso penal, permitiendo que todas las personas a quienes el Estado imputa la comisión de un delito, puedan acceder efectivamente a las herramientas que el ordenamiento jurídico les otorga para defenderse, con independencia de sus condiciones o circunstancias particulares.

Básicamente, buscamos reequilibrar el acceso a la justicia y el ejercicio efectivo de los derechos de todas las personas. En consecuencia, a 22 años de nuestra creación, y a propósito del ‘Día internacional de los derechos humanos’, que anualmente se conmemora el día 10 de diciembre, quisiera reiterar que somos una institución especializada, madura y reconocida de excelencia, lo que nos motiva a seguir trabajando en la mejora continua de la prestación, buscando soluciones que garanticen los derechos y la dignidad de las personas que representamos, sin distinción de nacionalidad, raza, color de piel, género, idioma, origen, religión, opinión política o de otro tipo, así como por su nivel social o económico u otro motivo.

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