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22/03/2024

En fallo de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia

Los Ríos: defensora penitenciaria logró revertir el rechazo de reducción de pena a 74 condenados en Valdivia

El fallo ordenó que la 'Comisión de Reducción de Condena' sesione de manera extraordinaria, incorporando a quienes excluyó a partir de las modificaciones que se introdujeron en febrero de 2022 y que reconozca la calificación para que puedan acceder al beneficio.

Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.

La segunda sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de amparo interpuesto por la defensora pública penitenciaria de Los Ríos, Patricia Cuevas Suárez, en favor de 74 internos condenados y privados de libertad en el complejo penitenciario de Valdivia, a quienes la 'Comisión de reducción de condena' que sesionó en noviembre de 2023 les había rechazado la calificación de su conducta al aplicar la Ley N° 21.421.

De manera general, la abogada explicó que la Ley N° 19.856 -relativa al sistema de reinserción social a partir de la buena conducta- establece que, si una persona condenada mantiene por un año una conducta sobresaliente, se le rebajará dos meses por cada año de pena cumplida y, a partir de la mitad de su condena, se le rebajarán tres meses en los mismos términos.  

Agregó que el reglamento penitenciario califica la conducta como pésima, regular, mala, buena o muy buena y es la 'Comisión de reducción de condena' la que eleva esta calificación a sobresaliente para conceder el beneficio.

“Pese a que se remitieron todos los antecedentes que acreditaban la muy buena conducta de cada una de estas personas, dicha comisión no accedió a calificar su comportamiento como sobresaliente, lo que significa que perdían todo el tiempo  que les corresponde de rebaja de pena y que enl 2023 perdían esta calificación”, precisó.

 Según indicó la abogada, lo que se logró con el fallo es que la Corte ordenó que la comisión sesione de manera extraordinaria, incorporando a los condenados excluidos por la aplicación de las modificaciones que se introdujeron en febrero de 2022, y que eleve la calificación de conducta para que puedan acceder al beneficio.

“Ese es un primer momento, que abarcó a todo el grupo y, en un segundo momento, nos abocaremos a los casos de forma particular. Es decir, abogar en las instancias administrativas para que se dicte el decreto que reconozca la rebaja de tiempo de privación de libertad y, de no ocurrir, abogaremos por lo mismo en sede judicial, vía recurso de amparo”, anunció.

IMPROCEDENCIA DE LA LEY
Junto con lo anterior, Patricia Cuevas precisó que la aplicación sobre la base de las modificaciones a la normativa en febrero de 2022 -que excluye de este beneficio de rebaja de pena a quienes se encuentren cumpliendo condena por determinados delitos- resulta improcedente, en tanto se trata de una ley promulgada con posterioridad al momento de evaluación de las personas condenadas que menciona el recurso de amparo.

“Este fallo reafirma el planteamiento de la defensa pública en relación a que, en la aplicación de toda modificación legal que afecte directamente al contenido de la pena, se deben  respetar los principios jurídicos penales que nos rigen, como la irretroactividad”, indicó.

En la misma perspectiva, el jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Los Ríos, Juan Pablo Alday, explicó que la aplicación de la Ley° 21.421 por la comisión competente vulnera derechos penitenciarios de personas condenadas por hechos cometidos con anterioridad a su vigencia temporal.

“La resolución refuerza las garantías de las personas condenadas, en relación con que las normas que se aplican en la ejecución de la condena privativa de libertad no pueden estar sujetas a cambios imprevistos por el legislador”, aseguró.

La primera sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia, que acogió este recurso de amparo de la defensa pública penitenciaria de Los Ríos, estuvo integrada por las ministras Marcia Undurraga y María Soledad Piñeiro, junto al abogado integrante Juan Varas.

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