Sala de Prensa

06/06/2012

Tribunal de alzada confirmó fallo previo del Juzgado de Garantía de Osorno

Corte de Apelaciones confirmó libertad para madre formalizada por sustracción de menores

La mujer había sido detenida luego de que se llevó a su hijo de 1 año y 4 meses de un hogar de menores en el que se encontraba por disposición del Tribunal de Familia

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó una resolución previa del Juzgado de Garantía de Osorno, que negó la prisión preventiva solicitada por la Fiscalía como medida cautelar en contra de Maritza Alvial, una madre a quien se le imputó haber sustraído a su hijo desde un hogar de menores de Osorno. Según explicó la defensora penal pública de la madre, Carol Munzenmayer, la mujer fue detenida tras ser acusada de llevarse al niño desde el hogar de menores “Dame tu mano” de esa ciudad.

“El menor había sido dejado en dicho lugar luego de que una asistente social del consultorio de Entre Lagos denunció que la madre tenía problemas psicológicos y que no estaba en condiciones de criar a su hijo”, agregó. 

TRIBUNAL DE FAMILIA

Según la abogada, esto derivó en una causa en el Tribunal de Familia, donde la imputada se negó a hacerse los informes psiquiátricos requeridos, “por temor a que le quitaran su hijo. Pensó que lo iban a dar en adopción y por eso, cuando fue a visitar a su hijo al hogar, el miércoles 30 de mayo, optó por irse con él”, dijo Munzenmayer.

Tras este hecho la madre fue detenida en su casa de Entre Lagos junto a otra hija, de 15 años, quien la habría acompañado cuando se llevó al pequeño desde el hogar. Ambas fueron llevadas hasta el Juzgado de Garantía de Osorno y en la audiencia de control de detención la Fiscalía la formalizó por sustracción de menor y desacato, para solicitar luego que la madre quedara en prisión preventiva y la hija en internación provisoria, respectivamente.

Esto fue rebatido por la defensora penal pública, quien explicó que en este caso no se configuraría el delito de sustracción de menor debido a que “no existió el dolo propio del delito de sustracción de menores, sino una intención legítima y natural de una madre del deseo de estar con su hijo. Es decir, no se configura el delito por el cual se formalizó”. 

Carol Munzenmayer agregó en su alegato que el conflicto se trata en realidad de una confrontación respecto de personas o entes que disputan la custodia del menor, lo que debe verse ante un tribunal de familia y no en el ámbito penal. Además, consideró dudoso para la doctrina que sean los padres quienes puedan cometer este delito.

Tras la intervención de la defensora el juez de Garantía, Alex Francke, negó la solicitud de la Fiscalía y argumentó su decisión en los mismos términos en que lo hizo la defensa. Ante esto, el Ministerio Público apeló a la medida y finalmente la Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó que ambas imputadas (la madre y su hija) permanezcan en libertad mientras se investiga la causa.

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