Sala de Prensa

20/06/2012

Séptimo Tribunal Oral

Inés Fuentes absuelta de parricidio

Tribunal declaró que “el resultado mortal de su conducta no le es imputable en ninguna de las categorías de dolo”. Sí la condenó por lesiones.

En forma unánime el Séptimo Tribunal Oral de Santiago absolvió a Inés Fuentes (43) del cargo de parricidio por omisión que la fiscalía formalizó en su contra por la muerte de Luis Fernando Lizana, conviviente de la imputada.

En la lectura del veredicto -que realizó la presidenta del tribunal Olga Ortega- se establece “que sometida la prueba bajo el análisis racional que exige el estándar legal de convicción, no se desprende de ella que la acusada haya actuado en el escenario descrito con el propósito directo y eventual de provocar la muerte de la víctima…”.

Inés Fuentes sufrió un largo peregrinar antes de llegar a este resultado, que abarca una privación de libertad de más de seis meses. El 11 de octubre de 2011 en un riña más provocada por el alcoholismo de su conviviente, éste la atacó por su negativa a darle dinero para comprar más bebidas alcohólicas.

La defensa planteó desde un principio que la imputada se defendió de un nuevo episodio de violencia intrafamiliar, que en este caso pudo haber sido mortal de no ser por la decisión que tomó la imputada de defenderse con un cuchillo que tomó de la cocina. El tribunal reconoció la tesis de la defensa de que el hecho de que los cinco cortes que recibió Luis Fernando Lizana hayan sido en las piernas, confirma que no hubo dolo homicida, como insistió a lo largo de todo el juicio la fiscal Marjorie Carrillo. Más aún –dictó el veredicto-, considerando que Inés Fuentes al percatarse de las lesiones que había provocado, solicitó de inmediato auxilio para ayudar al herido.

El tribunal sí la condenó por lesiones leves, un delito de menor gravedad, que sumada a la intachable conducta anterior de la imputada y a la extensa prisión preventiva que sufrió, garantizan una pena en régimen libre, según indica la defensora Jacqueline Stubing. La sentencia se conocerá la próxima semana.
Cabe recordar que en tres oportunidades el 13° Tribunal de Garantía rechazó o revocó la prisión preventiva de la imputada, pero la Corte de Apelaciones de Santiago, resolvió primero aplicarla y luego mantenerla. Sólo tras el tercer intento de la defensa, la Corte confirmó la decisión del tribunal de garantía y en abril quedó en libertad.

Junto con expresar su enorme felicidad, Inés Fuentes, agradeció muy especialmente la labor realizada por su defensora Jacqueline Stubing, quien fue apoyada en el juicio por el defensor Rodrigo Codoceo.

DRAMA FAMILIAR

El drama aparte producto del encarcelamiento que sufrió la imputada, fue el alejamiento de los hijos del fallecido Luis Fernando Lizana de 3 y 5 años, quienes la consideran como su madre. Ella declaró en el juicio que se decidió a defenderse con el cuchillo cuando su conviviente golpeó al hijo mayor que trató de defenderla. Lizama tenía una denuncia por violencia intrafamiliar contra su hijo. Actualmente los menores están viviendo con un hermano mayor y ahora podrá visitarlos libremente, e incluso podría solicitar su tuición.

Inés Fuentes dijo que su gran error fue no haber denunciado nunca a su pareja por las agresiones que permanentemente le infligía, por temor a tener que separarse y perder a los niños. Esto fue refrendado por su abogada quien explicó que el gran argumento de la fiscalía para intentar negar el cuadro de violencia intrafamiliar que se vivía en la pequeña cabaña interior que esta familia arrendaba en la población La Faena de Peñalolén, fue que la imputada nunca hizo una denuncia ante la policía contra su conviviente.

Sorprendió que el tribunal, integrado por Olga Ortega, José Santos Pérez y Elizabeth Reinoso, condenara en costas a la parte querellante, un hijo de un matrimonio anterior de la víctima, quien pedía una indemnización de 50 millones de pesos.

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