Sala de Prensa

09/10/2012

Columna de opinión:

Procedimientos policiales televisados

El siguiente artículo, escrito por el Defensor Regional del Maule, fue publicado el pasado martes 2 de octubre en el diario El Centro de Talca.

Con fecha 26 de septiembre último, la Contraloría General de la República, a través de su dictamen N° 59.172, se pronuncia sobre la procedencia de que la policía se haga acompañar de los medios de comunicación en los operativos de prevención o de investigación en los que les cabe participar.

Esta consulta al órgano contralor la efectuó el Instituto Nacional de Derecho Humanos (INDH), motivado, seguramente, por los muchas veces controvertidos -incluso por la propia Defensoría Penal Pública- docu–realities, en los que se graban profusamente actividades de investigación desarrolladas por las policías e incluso de algunos fiscales del Ministerio Público, para luego ser presentados semana a semana en las parillas programáticas de los canales de televisión.

Analizada la resolución en comento, y lejos de entregar una “carta blanca” a los medios para hacer y deshacer en estas grabaciones y los ulteriores programas de televisión y, por ello -al contrario de lo que se ha comentado en los medios de prensa escritos-, lo que hace la Contraloría en este dictamen es ponderar los derechos constitucionales en juego.

Efectivamente, por una parte están la libertad de opinión, sin censura previa, y la libertad de información, pero del otro se encuentran los derechos de las personas a la honra, a la privacidad del hogar y de las comunicaciones, y del debido proceso, entre otros.

Una vez analizados éstos, el contralor no hace más que hacer efectivo el principio de la responsabilidad de la prensa, toda vez que señala que existe la libertad de opinión y de información sin censura previa, pero sin perjuicio de que los periodistas y los medios de comunicación involucrados deben responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de tales libertades, así como deben también, especialmente, resguardar la identidad y los derechos de los afectados.

Además, señala el dictamen, que esta pseudo colaboración que se manifiesta en la actuación conjunta de policías y periodistas no puede afectar en caso alguno el accionar, los fines y objetivos que a las policías se les fijan en sus respectivas leyes orgánicas.

Por otra parte, tal organismo se inhibe de opinar respecto de las actuaciones policiales que se enmarquen dentro de una investigación dirigida por el Ministerio Público, seguramente apelando a la autonomía de tal órgano, pero además, veladamente, a la natural prudencia de que deben hacer gala los integrantes de tan importante organismo.

A lo mismo apunta, por cierto, la respuesta del Ministerio del Interior, en orden a que deja de manifiesto la inconveniencia de convocar a los periodistas a tales diligencias que afectan lugares cerrados.

En resumen, lejos de darse libertad de acción a la prensa por este dictamen, la Contraloría General de la República opta por pedir, subliminalmente, prudencia a la autoridad policial y a los fiscales del Ministerio Público, para evitar que el afán informativo pase a llevar derechos ciudadanos mínimos. 

Por José Luis Craig Meneses,
Defensor Regional de Maule.

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