Sala de Prensa

28/05/2013

Condena original a 12 años culminaba en 2018

Defensor penitenciario logró que tribunal reconociera abono a condenado que quedó libre

Abogado Hugo Cerda hizo valer los cinco años y diez meses que Jorge Aravena Muñoz estuvo recluido en una causa del sistema antiguo en la que el finalmente fue absuelto.

Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.


Jorge Antonio Aravena Muñoz (44) fue condenado en 2006 a doce años de presidio, pena que estaba cumpliendo en la cárcel de Colina II. Sin embargo, el año pasado se acercó a los defensores penitenciarios para pedirles que por favor lo ayudaran, pues no sabía a quien más acudir.

Explicó que ya llevaba más de la mitad de la pena de prisión a la que se le condenó, que debía culminar el 6 de enero de 2018, y luego planteó que ya debería estar en libertad, pues años antes pasó cinco años, diez meses y seis días injustamente recluido bajo la modalidad de prisión preventiva, por una causa del sistema antiguo en la que finalmente fue absuelto.

El interno fue escuchado, de modo que inicialmente se designó para defender su causa al defensor penitenciario Pablo Pérez, tarea que tiempo después pasó a manos de su colega Hugo Cerda.

Coordinador de defensores penitenciarios de Colina, Cerda explicó que para confirmar la existencia del tardío fallo absolutorio que la Corte de Apelaciones de Santiago dictó en segunda instancia doce años después que la condena de primera instancia, debió realizar una serie de verificaciones que demoraron cerca de un año, porque la causa estaba archivada.

JUZGADOS DEL CRIMEN
“Mediante un escrito al 13° Juzgado de Garantía de Santiago, se solicitó que se remitiera oficio al 34° Juzgado del Crimen de Santiago -sucesor legal del 14° Juzgado del Crimen-, para que certificara la existencia de la causa de 1999, de su fallo absolutorio de noviembre de 2011 y del tiempo efectivo en que el señor Aravena Quiroz permaneció sometido a la cautelar de prisión preventiva, a lo que el 13° Juzgado accedió, con fecha 10 de febrero de ese mismo año”, explicó.

El defensor penitenciario precisó que el abono de tiempo en prisión preventiva en una causa diversa “no es una cuestión que esté claramente establecida en la ley y su procedencia es sólo el resultado de una construcción dogmática y jurisprudencial”. Por lo mismo, fue fundamental el informe en derecho del profesor Héctor Hernández Basualto, quien sustentó el acto de justicia reparativa que se estaba solicitando.

También citó como relevantes los fallos de la Segunda Sala de la Corte Suprema, los que han indicado que el tiempo que una persona ha permanecido injustamente privada de libertad no puede constituir una lamentable pérdida para quien la sufre, o que ese período no puede “estimarse como gratuito”.

Finalmente, en una audiencia de rescisión de penas y sentencias -presidida por el magistrado Eduardo Gallardo y sin oposición del Ministerio Público-, el tribunal aceptó abonar a la actual condena a doce años de presidio un total de cinco años, diez meses y seis días, de modo que “mi defendido ya no tuvo que esperar al 6 de enero de 2018 y ya está en libertad”.

Visiblemente emocionado, Jorge Antonio Aravena declaró sobre su defensor que “nadie me ha defendido tan bien como él, lo mismo que el otro abogado (Pablo Pérez). Se han portado excelentemente bien. Llevan harto tiempo trabajando conmigo y las cosas han salido muy bien”, aseguró.

Hugo Cerda aclaró que todo el proceso implicó una espera de 15 meses, “en que mi defendido vivió momentos de gran ansiedad”. Consideró vital la cooperación brindada por la asistente social Teresa Berríos y la asistente administrativa Ondina Mora, quien apoyó a los familiares de Aravena. “Este fue un trabajo esencialmente de equipo”, concluyó. 

 

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