Sala de Prensa

04/09/2013

Fallo unánime del tribunal oral de Punta Arenas

Absolvieron a imputado por microtráfico

Los magistrados recogieron las alegaciones de su defensa pública, en el sentido de que los 65 gramos de marihuana que se encontraron en la casa del acusado eran para su consumo personal y próximo en el tiempo.

Por Héctor Martínez Díaz,
Defensoría Regional de Magallanes.

La sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas -integrada por Gonzalo Rojas (presidente), Luis Alvarez y Fabio Jordán- resolvió absolver por unanimidad a Ricardo Bórquez Bórquez, quien había sido imputado como autor del delito de microtráfico de drogas, por lo cual la Fiscalía había pedido que se le aplicara una pena de 3 años de presidio.

El veredicto desechó la acusación fiscal, porque los jueces llegaron a la conclusión de que la marihuana encontrada el 26 de septiembre del año pasado en el domicilio del imputado, cuando fue detenido, estaba destinada para su consumo personal y próximo en el tiempo, tal cual planteaba la teoría del caso del defensor público Ramón Bórquez, quien buscaba la absolución de su representado en este juicio.

"(...)toda la prueba de cargo allegada al juicio, en especial la testimonial de los funcionarios de la PDI Héctor Ormeño  Arancibia, Octavio Estay Amarales, Paulina González Pérez, David Hidalgo Valenzuela y Jorge Von Gierke Barassi y prueba documental dan cuenta que el acusado mantenía en su domicilio la cantidad de 76 gramos peso bruto de droga, cantidad que estos sentenciadores consideran exigua, la que estaba destinada al uso y consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, tal como lo autoriza el inciso final del artículo 4° del citado texto legal”, señaló el veredicto en su parte medular.

El defensor Bórquez aclaró que cuando se logra probar que una persona posee determinada cantidad de droga para su consumo personal, procede aplicarse la excepción de la ley y no se sanciona como delito

“También pudimos demostrar que una de las cosas que señalaba el Ministerio Público en su investigación era que el dinero que se encontró en poder del imputado y en su domicilio -232 mil pesos- lo atribuía a la venta de droga. Sin embargo, ese dinero provenía de una actividad lícita del imputado, quien desde 2008 en adelante ha trabajado como tripulante en buques factoría. Presentamos la libreta de embarque del imputado del año pasado, para dejar por establecido que este dinero era producto de su trabajo como tripulante”, explicó el defensor público.

La audiencia de comunicación de sentencia se llevará a cabo a las 12:30 horas del próximo viernes 6.

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