Sala de Prensa

29/10/2013

El abogado Esteban Basaure fue asesorado por profesionales de la Defensoría Regional de Arica y Parinacota.

Defensor privado fue absuelto del delito de desacato

El cargo en su contra, que fue desestimado por el Tribunal Oral en lo Penal de Arica, surgió por hechos de 2011, cuando se le acusó de ejercer su profesión mientras se encontraba suspendido.

Por Héctor Mérida C.,
Defensoría Regional de Arica y Parinacota.

El Tribunal Oral en lo Penal de Arica absolvió del cargo de desacato al abogado Esteban Basaure, quien concurrió al juicio oral representado por la defensora penal pública Mariana Galaz. El pronunciamiento del tribunal acogió unánimemente la tesis que aseveraba que no hubo delito, basándose en disposiciones del Código de Procedimiento Civil (CPC) y en las fechas consideradas por el Ministerio Público para fundar su acusación.

“Mi representado estuvo suspendido de ejercer su profesión por un pronunciamiento del Tribunal de Garantía de Arica, lo que fue rebajado por la Corte de Apelaciones, y en ese tiempo no realizó ninguna actuación profesional y mucho menos cometió el delito de desacato que establece el artículo 240 del CPC”, planteó la defensora Galaz.

Según la profesional, la acusación indicaba que vía correo electrónico, el jurista presentó una demanda de divorcio ante el juzgado de familia mientras se encontraba plenamente vigente la prohibición impuesta en su contra por la Corte de Apelaciones.

"Esa gestión no fue autorizada por el abogado, sino que hecha inadvertidamente por su asistente, según ella misma lo explicó en el juicio oral, por lo que no hubo participación de mi representado y mucho menos intención de actuar dolosamente, pues Esteban Basaure no desobedece en ningún caso la sanción impuesta", explicó.

Agregó que por el contrario, y pese a que la suspensión de ejercicio profesional era por 15 días, Basaure no ejerció por más de 50 días, en espera de que la Corte informara en detalle desde cuándo comenzaba a correr esta suspensión.

“Además, el periodo de suspensión del ejercicio profesional fue contabilizado considerando incorrectamente las fechas, por lo cual menos aún hubo delito”, destacó Mariana Galaz.

DELITO NO ACREDITADO
La defensora pública añadió que “el tribunal  precisó que con la prueba rendida por los acusadores no se logró acreditar en el estándar legal la participación atribuida por el ente persecutor, pues Basaure Bedregal efectivamente no realizó una acción dolosa con vías de incumplir la orden judicial”.

Los hechos a que se refirió la imputación ocurrieron en octubre de 2011, aunque la investigación del ente persecutor se formalizó en agosto del año pasado, todo lo cual desembocó en el juicio oral realizado esta semana.

El veredicto absolutorio, conocido ayer, fue pronunciado por los jueces  Macarena Calas, Héctor Gutiérrez y Mauricio Vidal.

Esta es la segunda vez que el abogado Esteban Basaure obtiene una absolución con la asesoría de defensores penales públicos. En 2011 fue imputado por cuasidelito de homicidio tras un accidente de tránsito, hecho por el cual fue declarado inocente por unanimidad. Esa vez lo representó el defensor penal público Sergio Vilca.

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