Sala de Prensa

10/01/2014

Primeros dos encuentros se realizaron en el Centro Abierto Manuel Rodríguez

Con charlas nocturnas la DRMS difunde beneficios de la Ley 20.603

La normativa sobre penas sustitutivas a las privativas de libertad representa una oportunidad para condenados que cumplen reclusión nocturna.

Por Paola Sais Dünner,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

Con el objetivo de dar a conocer los beneficios de la recientemente promulgada Ley 20.603 de penas sustitutivas a las privativas de libertad, un equipo de profesionales de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Sur (DRMS) inició esta semana una ronda de charlas en los centros de reclusión nocturna de la Región Metropolitana.

Las primeras actividades, que se están desarrollando esta semana, se realizaron en el Centro Abierto Manuel Rodríguez, en la comuna de Santiago, en el cual hay alrededor de 170 personas que están cumpliendo penas de reclusión nocturna.

En la segunda charla, realizada anoche, la Defensora Regional (S), Viviana Castel, explicó a los más de 40 reclusos presentes la importancia de esa normativa.

“Les permite optar al beneficio de cumplir su pena de reclusión nocturna bajo la modalidad de reclusión parcial. Lo importante de esta modificación es que, además de existir diversas modalidades para el cumplimiento de la pena sustitutiva, ésta puede ser cumplida en el domicilio del condenado y no obligatoriamente en un centro penitenciario”, dijo Viviana Castel.

La primera charla se realizó el martes 7 de enero y en ella participaron el jefe de la Unidad de Estudios, Nicolás Orellana; la encargada de defensa penitenciaria, Sandra Haro, y las profesionales Lorena Rodríguez y Liliana Hermosilla.

REQUISITOS
Durante la actividad, los profesionales precisaron a los reclusos los requisitos para postular a este beneficio, tales como que su pena no puede ser superior a tres años; no haber sido condenado por crimen o simple delito, no haber sido condenado a una pena que supere los dos años, o varias que -en su conjunto- no excedan dos años; y contar con antecedentes favorables que hagan presumir que esta pena sustitutiva lo disuadirá de cometer delitos.

Cumpliendo estos requisitos, los antecedentes que deben presentarse ante el tribunal correspondiente son certificados o contratos educacionales o laborales, además de eventuales antecedentes médicos y su participación en actividades comunitarias, entre otros.

Los profesionales de la Metropolitana Sur explicaron a los interesados que para iniciar la tramitación de este beneficio es importante que concurran hasta las oficinas de la Defensoría Penal Pública, para entrevistarse con abogados penitenciarios que los apoyen y guíen en su solicitud, para luego presentarla en el tribunal de garantía que les corresponda.

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