Sala de Prensa

24/01/2014

Entidad multó a Canal 13 por vulnerar dignidad de un menor de edad

Consejo Nacional de Televisión dio la razón a la Defensoría

El canal deberá pagar cerca de 8 millones de pesos por un capítulo del programa "En su propia trampa" emitido el 30 de septiembre pasado. El caso aún es investigado por la Fiscalía Sur.

Por Paola Sais Dünner,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

Una dura sanción recibió el programa de canal 13 “En su propia trampa”, luego de que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) resolviera multarlo con 200 UTM -cerca de 8 millones de pesos- por haber vulnerado los derechos y la dignidad de un menor de edad.

Esto, luego de que en su penúltimo capítulo, emitido el 30 de septiembre de 2013, en un supuesto intento por aleccionar a un joven acusado por delitos de robo y hurto, sometieran al adolescente –que entonces tenía 16 años- a engaño, para luego encerrarlo, amenazarlo e incluso asustarlo con la presencia de seres paranormales.

Esta situación llevó a la defensora pública del joven, Georgina Guevara, a presentar una denuncia ante la Fiscalía Metropolitana Sur, dando cuenta de la situación vista en el programa y ratificada por el menor. En paralelo, la Defensoría Penal Pública hizo una presentación ante el Consejo Nacional de Televisión, exponiendo los hechos ocurridos.

VULNERACIÓN DE DIGNIDAD
Tras revisar los antecedentes y el capítulo emitido por “En su propia trampa” en la sesión del 13 de enero pasado, el CNTV resolvió que la televisora deberá pagar una multa de 200 UTM “por vulnerar la dignidad personal del menor de edad”.

En el acta de esa jornada los representantes del CNTV establecieron que “la concesionaria, sin tener facultades para tal efecto y contraviniendo el ordenamiento jurídico vigente, ha engañado e inducido a un menor de edad, que se encuentra en un evidente estado de vulnerabilidad social y económica a participar en hechos que le fueron presentados como ilícitos, para seguidamente limitar su libertad de desplazamiento contra su voluntad”.

Agrega que “luego, mediante coacción, hacerle temer por su integridad física y psíquica, hechos que resultan patentes en la emisión fiscalizada, todo con la finalidad de escarmentar y corregir el actuar refractario del menor en cuestión, importando todo lo anterior un desconocimiento manifiesto de sus derechos fundamentales”.

 

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