Sala de Prensa

14/04/2014

Fallo unánime del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco

Absuelven a seis comuneros mapuche acusados de atentar contra fundo de La Araucanía en 2009

El defensor penal público Alvaro Valdebenito sostuvo que “tal como lo sostuvimos en el inicio del juicio, no había antecedentes de prueba que permitieran acreditar la participación de nuestro representados”

Por Claudia Riquelme S.,
Defensoría Regional de La Araucanía.

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco absolvió a seis comuneros mapuche imputados como autores de los delitos de incendio y robo con intimidación, durante un atentado contra un fundo de la comuna de Vilcún ocurrido en septiembre de 2009 y tras el cual el Ministerio Público invocó la Ley Antiterrorista.

Tres días duró el juicio oral, en que los comuneros acusados -José Antonio Ñirripil, Job Morales Ñirripil, Eliseo Ñirripil Cayupán, Elvis Millán Colicheu, Jorge Cayupán Ñirripil, Cristian Alexis Cayupán Morales y Daniel Canio Tralcal, todos los cuales estuvieron en prisión preventiva durante varios meses- fueron representados por los defensores penales públicos Alvaro Valdebenito, Marcelo Pizarro y Reinaldo Osorio, quienes desde un principio señalaron que esta causa -emblemática para la Región de La Araucanía- tuvo una base errada.

Según Valdebenito, abogado jefe de la Defensoría Local de Temuco, “tal como lo sostuvimos en el inicio del juicio, no había antecedentes de prueba que permitieran acreditar la participación de nuestros representados en los hechos que se señalaron. Entendemos que el veredicto ha sido coherente con nuestra acusación”, afirmó.

En opinión del defensor, pese a que existían otras líneas de investigación posibles, la fiscalía no las siguió. “Se dijo siempre que tenían que ser los comuneros del sector de Lautaro. Finalmente, esto ha sido desestimado y se ha dictado veredicto absolutorio”, aclaró.

Respecto de la invocación de la Ley Antiterrorista en este caso, Valdebenito aclaró que la calificación ‘terrorista’ de los hechos no pudo ser acreditada con la prueba que rindió el Ministerio Público y “tampoco todos los hechos que se señalaron en la acusación. El tribunal estableció que la prueba era insuficiente”.

“DECLARACIONES DIRIGIDAS”
Esta causa, como muchas que involuran a comuneros mapuches en el contexto del llamado conflicto territorial, no estuvo exenta de complejidades jurídicas. Una de ellas giró en torno a la declaración que, según la fiscalía, habría entregado Job Morales, uno de los imputados.

Sin embargo, para el defensor público Reinaldo Osorio, quien representó al comunero, ese supuesto testimonio, “que él habría prestado en presencia de funcionarios de la policía y aparentemente en presencia de un fiscal, adolecía de una serie de irregularidades e ilegalidades, siendo más bien una ratificación de lo que la policía se habría creado siete meses antes. No concluyen en ningún elemento nuevo, lo que a mi juicio refiere que esta declaración efectivamente fue dirigida por la policía o derechamente no fue hecha en ningún momento por mi representado,” señaló.

Según Osorio, “Job Morales fue detenido al medio día, puesto a disposición de los policías a las 10 de la noche, momento en que comienza su declaración hasta altas horas de la madrugada, sin presencia de un abogado defensor. Claramente, él no se encontraba en condiciones emocionales, ni culturales de oponerse a lo que la policía en su momento le pedía”, concluyó el abogado.

LOS HECHOS
El atentado por el que se acusó a estas personas ocurrió el 11 de septiembre de 2009, cuando según las policías y la fiscalía un grupo de comuneros mapuche en proceso de recuperación de tierras entró al fundo Brasil -situado en la comuna de Vilcún- portando armas de fuego, con las cuales intimidaron al cuidador del predio y a su familia, luego de lo cual quemaron la casa patronal, un pequeño galpón y un tractor y robaron diversas especies de la casa antes de huir.

La lectura de la sentencia absolutoria fue fijada por el tribunal para las 15.30 horas de hoy.

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